Detalles del proyecto

Número:PNE-prEN 71-1
Fuente:UNE
Comité:CTN 172/SC 1
Título del comité:CTN 172/SC 1 Juguetes
Fecha de inicio de recepción de comentarios:2024-noviembre-08
Fecha límite de recepción comentarios:2024-diciembre-08
Sectores:Juguetes
Objeto y campo de aplicación del proyecto:Esta norma europea especifica los requisitos y métodos de ensayo para las propiedades mecánicas y físicas de los juguetes. Esta norma europea se aplica a juguetes para niños; se entiende por juguete cualquier producto o material concebido o destinado, exclusivamente o no, a ser utilizado con fines de juego por niños de una edad inferior a los 14 años. Se refiere a juguetes nuevos teniendo en cuenta el periodo de uso previsible y normal, y que los juguetes se utilicen como se pretendía o conforme a su uso previsible, teniendo presente el comportamiento de los niños. Incluye requisitos específicos para los juguetes destinados a menores de 36 meses, a niños menores de 18 meses y para niños que son demasiado pequeños para mantenerse erguidos sin ayuda. Según la Directiva 2009/48/CE "destinado a" significa que un padre o supervisor puede suponer razonablemente que un juguete, por sus funciones, dimensiones y características, se destina al uso de niños del grupo de edad que se indica. Por ejemplo, los juguetes blandos rellenos, de rasgos simples para abrazar y acunar, se consideran como juguetes destinados a menores de 36 meses. NOTA La información relativa a la clasificación por edades y la determinación de la edad de los juguetes se puede encontrar en el Informe Técnico CEN ISO/TR 8124-8 [22] y en los documentos de orientación de la Comisión Europea sobre la Directiva relativa a la seguridad de los juguetes. Esta norma europea especifica igualmente los requisitos relativos al embalaje, al marcado y al etiquetado. Esta norma europea no cubre los instrumentos musicales, los artículos de deporte u otros productos similares, pero si incluye sus equivalentes de juguete. Esta norma europea no se aplica a los siguientes juguetes: − máquinas de juego automáticas, funcionen o no con moneda, destinadas a un uso público; − vehículos de juguete equipados con motores de combustión (véase el capítulo A.2); − motores de vapor de juguete; – hondas de juguete y tirachinas de juguete suministradas sin proyectiles; – juguetes volantes teledirigidos que incorporan una o más palas en el rotor que son capaces de girar aproximadamente en horizontal, donde cada pala tiene una longitud mayor de 175 mm, medida desde el centro de rotación hasta la punta de la pala, y con una masa total del juguete volante mayor de 50 g. Las hondas de juguete y tirachinas de juguete suministradas con proyectiles están cubiertas por esta norma. Esta norma europea no cubre los aspectos sobre seguridad eléctrica de los juguetes, los cuales están incluidos en la Norma EN IEC 62115. Además, tampoco cubre los artículos siguientes los cuales, para la finalidad de esta norma europea, no son considerados como juguetes: a) objetos decorativos para actos festivos y celebraciones; b) productos para coleccionistas adultos, a condición de que los productos o su embalaje lleven una indicación visible y legible de que están destinados a coleccionistas de 14 años o más. Ejemplos de esta categoría son: 1) modelos a escala detallados y fieles (véase el capítulo A.2), 2) kits de montaje de los modelos a escala detallados, 3) muñecas folklóricas y decorativas y otros artículos similares, 4) reproducciones históricas de juguetes, 5) reproducciones de armas de fuego reales, c) equipos deportivos, incluidos los patines de ruedas, los patines en línea y los monopatines para niños con una masa corporal superior a 20 kg; d) bicicletas con una altura máxima de sillín superior a 435 mm, medida como la distancia vertical entre el suelo y el punto más alto de la superficie del sillín, con el sillín colocado en posición horizontal y la tija en la marca inferior; e) patinetes y otros medios de transporte diseñados para el deporte o destinados a utilizarse en vías públicas o caminos públicos; f) vehículos eléctricos destinados a utilizarse en vías públicas, caminos públicos o sus aceras; g) equipo acuático destinado a utilizarse en aguas profundas y accesorios para aprender a nadar para niños, como flotadores de asiento y artículos de ayuda para nadar; h) puzles de más de 500 piezas; i) armas y pistolas de gas comprimido, salvo las armas y pistolas de agua; j) arcos de tiro de más de 120 cm de largo; k) fuegos artificiales, incluidos las cápsulas fulminantes que no están diseñadas específicamente para juguetes; l) productos y juegos que utilizan proyectiles puntiagudos, como conjuntos de dardos con puntas metálicas; m) productos educativos funcionales, como hornos eléctricos, planchas u otros productos funcionales descritos en la Directiva de la UE 2009/48/CE (Directiva sobre la seguridad de los juguetes) [21], que funcionen con una tensión nominal superior a 24 V y vendidos exclusivamente con fines pedagógicos bajo la supervisión de adultos; n) productos destinados a utilizarse con fines educativos en escuelas y otros contextos pedagógicos bajo la vigilancia de instructores adultos, como los equipos científicos; o) equipos electrónicos, como ordenadores personales y consolas de juegos, utilizados para acceder a programas informáticos interactivos y sus periféricos asociados, a menos que los equipos electrónicos o los periféricos asociados estén diseñados específicamente para los niños y destinados a ellos y tengan un valor lúdico por sí mismos, como ordenadores personales, teclados, joy sticks o volantes especialmente diseñados; p) software interactivo, destinado al ocio y el entretenimiento, como los juegos de ordenador, y sus soportes de almacenamiento, como los CD; q) chupetes para bebés; r) lámparas atractivas para los niños; s) transformadores eléctricos para juguetes; t) accesorios de moda para niños que no están destinados al juego (véase el capítulo A.2).

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