Detalles del proyecto

Número:PNE-prEN 71-8
Fuente:UNE
Comité:CTN 172/SC 1
Título del comité:CTN 172/SC 1 Juguetes
Fecha de inicio de recepción de comentarios:2024-noviembre-08
Fecha límite de recepción comentarios:2024-diciembre-08
Sectores:Juguetes
Objeto y campo de aplicación del proyecto:Esta norma europea especifica los requisitos y métodos de ensayo relativos a juguetes de actividad. NOTA 1 Los juguetes de actividad suelen estar unidos o incorporar una barra transversal y suelen estar destinados a soportar la masa de uno o más niños. Esta norma europea también especifica requisitos para: — accesorios vendidos por separado y componentes de juguetes de actividad; — elementos de columpios vendidos por separado que están preparados para su uso en o junto a un juguete de actividad;  módulos prefabricados incluyendo componentes utilizados para construir juguete de actividad según unas instrucciones programadas de construcción. El objeto y campo de aplicación en esta norma europea excluye: — equipamiento de las áreas de juego destinado a uso público que se tratan en la serie de Normas EN 1176; — juguetes de actividad de balancín montados sobre arco, como caballitos balancín y juguetes similares, que están cubiertos por los requisitos específicos de la norma EN 71-1:2014+A1:2018; — piscinas de juguete con una profundidad máxima de agua superior a 400 mm medidos entre el nivel de desbordamiento y el punto más profundo de la piscina; NOTA 2 Para más información sobre la clasificación de las piscinas como juguetes, véase el documento de orientación Nº 8 de la Comisión Europea sobre la aplicación de la Directiva 2009/48/CE sobre la seguridad de los juguetes - Piscinas [1]. — con una profundidad máxima de agua superior a 400 mm medidos entre el nivel de desbordamiento y el punto más profundo de la piscina, sin elementos de juego cubiertos, por ejemplo, por la serie de Normas EN 16582 o EN 16927. NOTA 3 Existe un mayor riesgo de ahogamiento en las piscinas de juguete cuando la profundidad del agua es superior a 400 mm. — los trampolines de uso doméstico tratados en la Norma EN 71-14; — sopladores accionados por motor utilizados para inflar de forma continua juguetes de actividad hinchables. NOTA 4 Los sopladores accionados por motor para inflar de forma continua juguetes de actividad hinchables se consideran aparatos domésticos y están cubiertos por los requisitos de la Norma EN 60335-2-80. Véase también el capítulo A.1.

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