Detalles del proyecto
Número:PNE-prEN 378-3
Fuente:UNE
Comité:CTN 100
Título del comité:CTN 100 Climatización
Fecha de inicio de recepción de comentarios:2025-agosto-11
Fecha límite de recepción comentarios:2025-septiembre-08
Sectores:Bombas de calor, Tecnología frigorífica
Objeto y campo de aplicación del proyecto:Este documento especifica los requisitos para la seguridad de las personas y los bienes, proporciona orientación para la protección del medio ambiente y establece procedimientos para la operación, el mantenimiento y la reparación de los sistemas de refrigeración, así como para la recuperación de refrigerantes.
El término "sistema de refrigeración" utilizado en este documento incluye las bombas de calor.
Esta parte 3 de la serie [3] es aplicable al lugar de instalación (planta y servicios). Especifica los requisitos de seguridad del lugar de instalación, que pueden ser necesarios debido al sistema de refrigeración y sus componentes auxiliares, pero no directamente relacionados con ellos.
Este documento se aplica:
a) a los sistemas de refrigeración, fijos o móviles, de todos los tamaños, excepto a los sistemas de aire acondicionado de vehículos cubiertos por una norma de producto específica, por ejemplo, la [4];
b) a los sistemas secundarios de refrigeración o calefacción;
c) a la ubicación de los sistemas de refrigeración;
d) a las piezas sustituidas y a los componentes añadidos tras la adopción de este documento, si no son idénticos en función y capacidad.
Los sistemas que utilizan refrigerantes distintos a los enumerados en la [5] no están cubiertos por este documento.
Este documento no aplica a mercancías almacenadas.
Este documento no aplica a sistemas de refrigeración fabricados antes de su fecha de publicación, excepto para ampliaciones y modificaciones implementadas después de la publicación.
Este documento aplica a sistemas de refrigeración nuevos, ampliaciones o modificaciones de sistemas ya existentes, y a sistemas estacionarios existentes que se transfieran y operen en otro sitio.
Este documento también aplica en caso de conversión de un sistema para otro tipo de refrigerante, en cuyo caso se evalúa la conformidad con las cláusulas pertinentes de [3] partes 1, 2, 3 y 5 y [1].
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