Bombas de calor

Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
Este capítulo de la Parte 1 se sustituye por lo siguiente. Esta norma trata de la seguridad de las bombas de calor eléctricas, incluidas las bombas de calor para agua caliente sanitaria, de los acondicionadores de aire que contienen motocompresores herméticos, deshumidificadores (con o sin motocompresor) y unidades enfriadoras hidrónicas, bombas de calor y unidades parciales. Las tensiones asignadas máximas no son superiores a 300 V para aparatos monofásicos y 600 V para los demás aparatos. Los aparatos no destinados a uso doméstico normal pero que no obstante pueden ser causa de peligro para el público, tales como los aparatos destinados a ser utilizados por usuarios no experimentados en tiendas, industria ligera y en granjas, están comprendidos en el objeto y campo de aplicación de esta norma. Los aparatos antes mencionados pueden constar de uno o más conjuntos montados en fábrica. Si son suministrados en más de un conjunto, las diferentes partes deben utilizarse conjuntamente y los requisitos se basan en el uso conjunto de estas partes. NOTA 101 − En la Norma IEC 60335-2-34 se indica una definición de “motocompresor hermético, que incluye la afirmación de que el término motocompresor se utiliza para designar tanto a motocompresores herméticos como semiherméticos”. NOTA 102 − Los requisitos para los depósitos acumuladores de agua caliente incluidos en las bombas de calor para agua caliente sanitaria lo están, además, en la Norma IEC 60335-2-21. Esta norma no tienen en cuenta refrigerantes que no se encuentren entre los clasificados como A1, A2L, A2 o A3 bajo la Norma ISO 817. Los refrigerantes inflamables están limitados a aquellos con masa molar igual o mayor a 42 kg/kmol basados en la formulación del peor caso (WCF) tal y como se especifica en la Norma ISO 817. En la medida de lo posible, esta norma trata con los peligros comunes que presentan los aparatos que se utilizan de forma normal y se asume que la instalación, puesta en servicio, desmantelamiento y retirada se gestionan de forma segura por personas competentes y se evita la fuga accidental de refrigerantes. Sin embargo, no prescribe los criterios para asegurar la competencia de las persones durante la instalación, puesta en servicio y retirada. Los requisitos de seguridad en la retirada no se describen en esta norma. A menos que las especificaciones se recojan en esta norma, incluyendo los Anexos, los requisitos para la seguridad frigorífica están cubiertos por la Norma ISO 5149. Las secciones y capítulos de la Norma ISO 5149 de particular interés para esta norma son los siguientes: - Sección 3: "Diseño y construcción del equipo" aplica a todos los aparatos y sistemas. - Sección 4: "Requisitos para la utilización" aplica a los aparatos y sistemas que son para "productos afines", es decir comercial e industrial ligero. - Sección 5: "Procedimientos operativos" aplica a todos ls aparatos y sistemas que son para "productos afines", es decir comercial e industrial ligero. Los elementos calefactores suplementarios, o las disposiciones para su instalación por separado, se encuentran dentro del campo de aplicación de esta norma, pero sólo aquellos dispositivos que han sido diseñados como parte del conjunto del aparato, estando los dispositivos de mando incorporados al aparato. NOTE 103 El Anexo HH proporciona requisitos informativos de la competencia de las personas. En la norma ISO 22712 se proporcionan requisitos informativos sobre la competencia de las personas. A menos que las especificaciones se cubran por esta norma, incluidos los anexos, los requisitos de seguridad de refrigeración se cubren por: – ISO 5149-1:2014, ISO 5149-1:2014/AMD1:2015, y ISO 5149-1:2014/AMD2:2021, – ISO 5149-2:2014 y ISO 5149-2:2014/AMD1:2020, – ISO 5149-3:2014 y ISO 5149-3:2014/AMD1:2021. Calentadores suplementarios, o las provisiones para su instalación separada, están dentro del campo de aplicación de esta norma, pero solo para los calentadores que se han diseñado como parte del paquete del aparato, estando los controles incorporados en el aparato. NOTA 104 − Se llama la atención sobre el hecho que: − para aparatos destinados a ser utilizados en vehículos o a bordo de barcos o aviones, pueden ser necesarios requisitos adicionales; − para aparatos sometidos a presión, pueden ser necesarios requisitos adicionales; − en numerosos países se establecen requisitos suplementarios, como por ejemplo, por los organismos nacionales de la sanidad pública, por las autoridades responsables del almacenamiento, transporte, construcción de edificios e instalaciones. NOTA 104 − Esta norma no se aplica a los − humidificadores previstos para trabajar con equipos de calefacción y refrigeración (Norma IEC 60335-2-88); − aparatos diseñados exclusivamente para procesos industriales; − aparatos previstos para ser utilizados en locales que presentan condiciones particulares, como atmósferas corrosivas o explosivas (polvo, vapor o gas).
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
Sustitúyase el tercer párrafo, que comienza con “Aparatos no destinados…”, por el siguiente: Estos aparatos se utilizan para el entorno doméstico y con fines comerciales. NOTA Z101 Ejemplos de aparatos para el entorno doméstico son los aparatos para funciones típicas de limpieza utilizados en el entorno doméstico que también pueden ser utilizados por usuarios no expertos para tareas típicas. funciones de limpieza: — en tiendas, oficinas y otros entornos de trabajo similares; — en casas de campo; — por clientes en hoteles, moteles y otros entornos de tipo residencial; — en ambientes tipo bed and breakfast. NOTA Z102 El entorno doméstico incluye la vivienda y sus edificios asociados, el jardín, etc. Agregue lo siguiente después de la NOTA 102: Aparatos y máquinas destinados a ser utilizados por usuarios expertos o formados, en talleres, en la industria ligera y en granjas, y aparatos y máquinas declarados para uso comercial por personas legas están dentro del alcance de este documento. NOTA Z103 Los requisitos adicionales para tales aparatos se dan en el Anexo ZE. NOTA Z104 En el Anexo ZAA se proporciona una guía para los aparatos en el ámbito de la Directiva de Equipos a Presión. Este documento trata sobre los peligros razonablemente previsibles que presentan los aparatos y las máquinas a los que se enfrentan todas las personas. Sin embargo, en general, no tiene en cuenta: — niños jugando con el aparato; — el uso del aparato por parte de niños muy pequeños; — el uso del aparato por parte de niños pequeños sin supervisión. Se reconoce que las personas muy vulnerables pueden tener necesidades más allá del nivel abordado en este documento.