INGENIERIA DE LA ENERGIA Y DE LA TRANSMISION DE CALOR

Comité: CTN 100 (CTN 100 Climatización)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento especifica los requisitos para la seguridad de las personas y los bienes, proporciona orientación para la protección del medio ambiente y establece procedimientos para la operación, el mantenimiento y la reparación de los sistemas de refrigeración, así como para la recuperación de refrigerantes. El término "sistema de refrigeración" utilizado en este documento incluye las bombas de calor. Esta parte de la Norma EN 378 especifica los criterios de clasificación y selección aplicables a los sistemas de refrigeración. Estos criterios se utilizan en las partes 2, 3 y 5. Este documento se aplica a: a) sistemas de refrigeración, fijos o móviles, de todos los tamaños, excepto los sistemas de aire acondicionado de vehículos cubiertos por una norma de producto específica, por ejemplo, la referencia [7]; b) sistemas secundarios de refrigeración o calefacción; c) la ubicación de los sistemas de refrigeración; d) piezas sustituidas y componentes añadidos tras la adopción de este documento, si no son idénticos en función y capacidad. Este documento no abarca los sistemas que utilizan refrigerantes distintos a los enumerados en la parte 5 de esta norma. El capítulo 7 especifica cómo determinar el límite de seguridad de la cantidad de refrigerante en un espacio determinado, el cual, al superarse, requiere medidas de protección adicionales para reducir el riesgo. Este documento no es aplicable a los sistemas de refrigeración fabricados antes de su fecha de publicación como norma europea, salvo las ampliaciones y modificaciones del sistema implementadas después de su publicación. Este documento es aplicable a sistemas de refrigeración nuevos, ampliaciones o modificaciones de sistemas ya existentes, y a sistemas estacionarios existentes que se transfieran y operen en otro emplazamiento. Este documento también se aplica en caso de conversión de un sistema a otro tipo de refrigerante, en cuyo caso se espera evaluar la conformidad con las cláusulas pertinentes de las partes 1, 2, 3 y 5 de la norma. Las normas de familias de productos que abordan la seguridad de los sistemas de refrigeración prevalecen sobre las normas horizontales y genéricas que abordan el mismo tema.
Comité: CTN 100 (CTN 100 Climatización)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento especifica los requisitos para la seguridad de las personas y los bienes, proporciona orientación para la protección del medio ambiente y establece procedimientos para la operación, el mantenimiento y la reparación de sistemas de refrigeración, así como para la recuperación de refrigerantes. El término "sistema de refrigeración" utilizado en este documento incluye las bombas de calor. Esta parte 2 es aplicable al diseño, la construcción y la instalación de sistemas de refrigeración, incluyendo tuberías, componentes y materiales. Incluye equipos auxiliares no contemplados en las Normas EN 378-1, EN 378-3 o el Proyecto de Norma prEN 378-5, que están directamente relacionados con estos sistemas. También especifica los requisitos de ensayo, puesta en servicio, marcado y documentación. Se excluyen los requisitos para los circuitos secundarios de transferencia de calor, excepto los requisitos de protección asociados con el sistema de refrigeración. Los equipos auxiliares incluyen, por ejemplo, ventiladores, motores de ventiladores, motores eléctricos y conjuntos de transmisión para sistemas de compresores abiertos. Este documento se aplica a: a) Sistemas de refrigeración, fijos o móviles, de todos los tamaños, excepto a los sistemas de aire acondicionado de vehículos contemplados en una norma de producto específica, por ejemplo, la Norma ISO 13043:2011 [1]; b) sistemas secundarios de refrigeración o calefacción; c) la ubicación de los sistemas de refrigeración; d) las piezas sustituidas y los componentes añadidos tras la adopción de este documento, si no son idénticos en función y capacidad. Los sistemas que utilizan refrigerantes distintos a los enumerados en lel Proyecto de Norma prEN 378-5 no están contemplados en este documento. Este documento no se aplica a las mercancías almacenadas. Este documento no se aplica a los sistemas de refrigeración fabricados antes de su fecha de publicación como norma europea, salvo las ampliaciones y modificaciones del sistema implementadas después de su publicación. Este documento se aplica a los sistemas de refrigeración nuevos, a las ampliaciones o modificaciones de sistemas ya existentes, y a los sistemas estacionarios existentes que se transfieran y operen en otra ubicación. Este documento también se aplica en caso de conversión de un sistema a otro tipo de refrigerante. La designación, clasificación y propiedades seleccionadas del refrigerante, como: — número de refrigerante, p. ej., R717; — clases de seguridad A1, A2L, A2, A3, B1, B2L, B2, B3; — límites inferiores de inflamabilidad (LIF) se especifican en la norma prEN 378-5.
Comité: CTN 100 (CTN 100 Climatización)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento especifica los requisitos para la seguridad de las personas y los bienes, proporciona orientación para la protección del medio ambiente y establece procedimientos para la operación, el mantenimiento y la reparación de los sistemas de refrigeración, así como para la recuperación de refrigerantes. El término "sistema de refrigeración" utilizado en este documento incluye las bombas de calor. Esta parte 3 de la serie [3] es aplicable al lugar de instalación (planta y servicios). Especifica los requisitos de seguridad del lugar de instalación, que pueden ser necesarios debido al sistema de refrigeración y sus componentes auxiliares, pero no directamente relacionados con ellos. Este documento se aplica: a) a los sistemas de refrigeración, fijos o móviles, de todos los tamaños, excepto a los sistemas de aire acondicionado de vehículos cubiertos por una norma de producto específica, por ejemplo, la [4]; b) a los sistemas secundarios de refrigeración o calefacción; c) a la ubicación de los sistemas de refrigeración; d) a las piezas sustituidas y a los componentes añadidos tras la adopción de este documento, si no son idénticos en función y capacidad. Los sistemas que utilizan refrigerantes distintos a los enumerados en la [5] no están cubiertos por este documento. Este documento no aplica a mercancías almacenadas. Este documento no aplica a sistemas de refrigeración fabricados antes de su fecha de publicación, excepto para ampliaciones y modificaciones implementadas después de la publicación. Este documento aplica a sistemas de refrigeración nuevos, ampliaciones o modificaciones de sistemas ya existentes, y a sistemas estacionarios existentes que se transfieran y operen en otro sitio. Este documento también aplica en caso de conversión de un sistema para otro tipo de refrigerante, en cuyo caso se evalúa la conformidad con las cláusulas pertinentes de [3] partes 1, 2, 3 y 5 y [1].
Comité: CTN 100 (CTN 100 Climatización)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento especifica los criterios de seguridad y medioambientales para los diferentes refrigerantes utilizados en refrigeración y aire acondicionado. Esta parte de [2] especifica los criterios de clasificación y selección aplicables a los sistemas de refrigeración. Estos criterios de clasificación y selección se utilizan en [3], [4], [5] y [1]. Las normas de familias de productos que abordan la seguridad de los sistemas de refrigeración prevalecen sobre las normas horizontales y genéricas que abordan el mismo tema.
Comité: CTN 124 (CTN 124 Generadores y emisores de calor)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento define los términos generales y los cálculos utilizados para determinar el rendimiento termohidráulico de los intercambiadores de calor. Incluye el procedimiento general de ensayo y las teorías relacionadas. Este documento está diseñado para su uso en ensayos de aceptación de intercambiadores de calor en instalaciones de ensayo como laboratorios, instalaciones de ensayo del fabricante y en el lugar de instalación final. Este documento especifica tres niveles de aceptación: — Nivel 1 para tolerancias mínimas; — Nivel 2 para tolerancias nominales; — Nivel 3 para tolerancias máximas; Este documento constituye una norma específica para cada aplicación, conforme a las Normas EN 305 y EN 306.