TECNOLOGIA DE LA INFORMACION

Sectores: Software
Comité: CTN 71/SC 7 (CTN 71/SC 7 Ingeniería de software y sistemas de información)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
Esta norma internacional define un modelo general de calidad de datos para los datos almacenados en un formato estructurado dentro de un sistema informático. Esta norma internacional se centra en la calidad de los datos como parte de un sistema informático y define características de calidad para datos objetivo utilizados por humanos y sistemas. Los datos objetivo son aquellos que la organización decide analizar y validar a través del modelo; el término datos no objetivo abarca dos casos: el primero se refiere a los datos que no son persistentes, como los datos manejados por un sistema operativo; el segundo tipo se refiere a los datos que podrían estar dentro del campo de aplicación de la norma, pero una organización decide no aplicarles la norma. En la figura 2 se muestra en un diagrama la estructura de un sistema general: éste puede incluir sistemas de información que, a su vez, pueden incluir uno o varios sistemas informáticos. Figura 2 – Dominio de destino del modelo de calidad de datos Esta norma internacional puede utilizarse en combinación con otras normas de la serie SQuaRE para establecer requisitos de calidad de los datos, definir medidas de calidad de los datos o planificar y realizar evaluaciones de la calidad de los datos. Los requisitos de calidad de los datos y las medidas de calidad de los datos pueden categorizarse con las características de calidad de los datos del apartado 5.2 y utilizarse mediante un proceso de evaluación para analizar los datos independientemente de otros componentes del sistema informático. Esta norma internacional tiene por objeto apoyar la aplicación de los procesos del ciclo de vida de los sistemas, como los definidos en la Norma ISO/IEC 15288. Esta norma internacional tiene en cuenta todos los tipos de datos (por ejemplo, cadenas de caracteres, textos, fechas, números, imágenes, sonidos, etc.), los valores de datos asignados y las relaciones entre los datos (por ejemplo, la coherencia entre los datos de la misma entidad o de entidades diferentes); el campo de aplicación no incluye los datos producidos por dispositivos integrados o sensores en tiempo real que no se conservan para su posterior procesamiento o con fines históricos. Esta norma internacional no dicta la organización física de los datos (es decir, los sistemas de gestión de bases de datos); además, las actividades de diseño de esquemas conceptuales, lógicos y físicos quedan fuera del campo de aplicación de esta norma internacional; todos los procesos y entregables relacionados con dichos datos se benefician de la aplicación de esta norma internacional. La conformidad de los datos con el diseño de datos se incluye en el campo de aplicación de esta norma internacional. La definición de metadatos se aborda en la Norma ISO/IEC 11179 y queda fuera del campo de aplicación de esta norma internacional, aunque haga referencia a los metadatos para evaluar la calidad de los datos. La relación de esta norma internacional con las normas de calidad de datos específicas de la industria y del dominio, así como su precedencia sobre estas normas, son determinadas por el usuario en un contexto de uso específico.
Comité: CTN 178/SC 5 (CTN 178/SC 5 Destinos turísticos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
1.1 Objeto Esta norma establece la base para definir nuevos procesos de identificación, captura, almacenamiento, procesamiento, compartición e interoperabilidad de datos de turismo, tanto para destinos turísticos como para empresas en el ecosistema turístico. Esta norma orienta sobre el ecosistema actual en relación con la recogida, explotación y análisis de los datos turísticos de un destino, que le permitan obtener información y transformarla en conocimiento, focalizándose en la tipología de datos disponible en el ecosistema turístico y en los datos recopilados a través de DATAESTUR, la plataforma inteligente de destino y otras fuentes de datos provenientes de los destinos. 1.2 Campo de aplicación Esta gestión del conocimiento y puesta a disposición de los datos aspira a generar valor a los productos y servicio turístico, generando inteligencia competitiva y de negocio, permitiendo una mejor planificación y gestión tanto del destino turístico y organismos y servicios públicos como de las entidades privadas, pudiendo generar así un efecto transformador sobre el ecosistema turístico. Esta norma se dirige tanto a los entes gestores de los destinos turísticos como a las entidades privadas, buscando por una parte qué datos son necesarios, de qué forma se extraen, que metodología se debe utilizar para la homogeneización de los datos y qué formatos van a tener para que se puedan intercambiar/utilizar por parte de todos los órganos u organismos.
Comité: CTN 320 (CTN 320 Ciberseguridad y protección de datos personales)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
Este documento especifica los requisitos para el establecimiento, implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión de la seguridad de la información en el contexto de la organización. Este documento también incluye los requisitos para la apreciación y el tratamiento de los riesgos de seguridad de información a la medida de las necesidades de la organización. Los requisitos establecidos en este documento son genéricos y aplicables a todas las organizaciones, cualquiera que sea su tipo, tamaño o naturaleza. No se acepta la exclusión de cualquiera de los requisitos especificados en los capítulos 4 al 10 cuando la organización reclame la conformidad con este documento.
Comité: CTN 41/SC 13 (CTN 41/SC 13 Organización de modelos de información relativos a la edificación y la obra civil)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
Este documento proporciona requisitos para definir el formato y el contenido para los objetos de las librerías usados en el diseño conceptual, los pliegos del cliente, el proyecto, la licitación la construcción, las operaciones, el uso y la demolición, apoyando el desarrollo de información a través de los procesos asociados a los modelos BIM y su organización en librerías. Este documento: - establece los requisitos para definir los objetos usados como plantillas, los objetos genéricos y los objetos de productos en librerías y procesos de diseño basados en datos; - establece los requisitos para los símbolos gráficos y otras convenciones gráficas para uso en planos del entorno construido, proporcionando principios y definiciones para las presentaciones simbólicas y visuales simplificadas de los objetos. También describe la motivación para la simbología, estableciendo reglas para el diseño de símbolos gráficos y otras convenciones gráficas, así como proporcionando recomendaciones para la aplicación de dichas reglas y el modo en que usar esta simbología; - cubre los propósitos para caracterizar la forma y las mediciones de los objetos de las librerías; - cubre los propósitos para especificar y evaluar las propiedades de las librerías de objetos. Define la información adecuada a los usos específicos, incluyendo la definición de los resultados deseados (normalmente, por proyectistas e ingenieros) y la selección de productos identificados (normalmente, por contratistas y subcontratistas). También proporciona recomendaciones para la aplicación de conjuntos en trabajos integrados BIM. Este documento esta concebido para todos los profesionales y proveedores de servicios que crean y utilizan objetos de librerías con datos genéricos y específicos de producto. Incluye, entre otros actores, fabricantes y suministradores de productos, autores de librerías, proyectistas e ingenieros, constructores, propietarios, gestores del mantenimiento y gestores del uso.
Comité: CTN 139 (CTN 139 Tecnologías de la información y las comunicaciones para la salud)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
El Modelo Funcional del Sistema HCE de HL7 proporciona una lista de referencia de las funciones que pueden estar presentes en un Sistema de Historia Clínica Electrónica (HCE). La lista de funciones se describe desde la perspectiva del usuario con la intención de permitir la expresión coherente de la funcionalidad del sistema. Este Modelo Funcional de HCE-S, a través de la creación de Perfiles Funcionales para entornos asistenciales, ámbitos, servicios y especialidades, permite una descripción estandarizada y una comprensión común de las funciones que se buscan o están disponibles en un sistema de HCE común de las funciones buscadas o disponibles en un entorno determinado (por ejemplo, cuidados intensivos, cardiología, consultorio en un país o atención primaria en otro país). 1.1 Alcance del Modelo Funcional EHR-S El Modelo Funcional HL7 EHR-S define un modelo estandarizado de las funciones que pueden estar presentes en los Sistemas de HCE. Desde el principio, se establece una clara distinción entre la HCE como entidad singular y los sistemas que operan sobre la HCE, es decir, los sistemas de HCE. Esta Norma no hace distinción en cuanto a la implementación - el SIRH descrito en un Perfil Funcional puede ser un sistema único o un sistema de sistemas. Dentro de las secciones normativas del Modelo Funcional, el término "sistema" se utiliza de forma genérica para abarcar todas las opciones de implementación. Esto incluye la funcionalidad sanitaria "básica", normalmente proporcionada por aplicaciones específicas de la sanidad que gestionan la información sanitaria electrónica. También incluye las capacidades genéricas asociadas a nivel de aplicación que suelen proporcionar el middleware u otros componentes de la infraestructura. Estas últimas incluyen capacidades de interoperabilidad e integración, como el descubrimiento de ubicaciones y áreas como el flujo de trabajo entre aplicaciones. La interoperabilidad se considera tanto desde el punto de vista semántico (comunicación clara, coherente y persistente del significado) como técnico (formato, sintaxis y conectividad física). Además, las funciones no se pronuncian sobre la tecnología utilizada ni sobre el contenido de la historia clínica electrónica. Los detalles de "cómo" se desarrollan o implementan los sistemas de HCE no se consideran dentro del ámbito de este modelo, ni ahora ni en el futuro. Este modelo funcional no aborda ni respalda implementaciones o tecnologías, ni incluye el contenido de los datos de la historia clínica electrónica. Por último, el Modelo Funcional EHR-S apoya las necesidades de investigación garantizando que los datos disponibles para los investigadores siguen los protocolos requeridos de privacidad, confidencialidad y seguridad. La diversidad de las necesidades de investigación impide la enumeración específica de funciones potencialmente útiles para la investigación. Este modelo funcional no es - una especificación de mensajería - una especificación de implementación - una especificación de conformidad - una especificación de HCE - una métrica de conformidad o de pruebas de conformidad - un ejercicio de creación de una definición de HCE o HCE-S Es importante señalar que el Modelo de Función de la HCE-S no incluye una discusión de los procesos clínicos o la interacción de los actores de la asistencia sanitaria. Sin embargo, la Norma ISO 13940 Informática sanitaria. Sistema de conceptos para dar soporte a la continuidad asistencial es una norma internacional que describe los principios y procesos clave en la prestación de asistencia sanitaria. Se recomienda que los usuarios de HCE-SM se remitan a esta norma para los procesos clínicos que soportan los sistemas de HCE. Este paquete del Modelo Funcional EHR-S incluye secciones de Referencia y Normativas. Estado Descripción Referencia Contenido del paquete del Modelo Funcional EHR-S que contiene información que aclara conceptos o proporciona información adicional para ayudar a la comprensión y entendimiento. El material de referencia no forma parte de la norma. Normativo Contenido que forma parte del Modelo Funcional EHR-S que los miembros del comité de HL7 y los participantes de la industria interesados han revisado formalmente y sometido a votación siguiendo los procedimientos de HL7 para la votación. Documentos Normativos. Este documento del Modelo Funcional desarrollado por HL7 ha sido votado con éxito como estándar normativo por la organización HL7.
Comité: CTN 71/SC 17-37 (CTN 71/SC 17-37 Identificación digital)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
Ver másVer menos
 
Este documento identifica las normas relevantes existentes y los trabajos de normalización en curso que podrían apoyar la implantación de los Carteras Europeas de Identidad Digital. También identifica los elementos de trabajo que faltan y los solapamientos en las normas, y se supone que debe servir como hoja de ruta para futuros proyectos de normalización en este ámbito. Este documento tiene en cuenta el análisis de carencias elaborado por el TC224/WG17. Este documento se basa en la propuesta de revisión del reglamento eIDAS [1], que era el único texto disponible en el momento en que se inició este documento.