SERVICIOS. ORGANIZACION. GESTION Y CALIDAD DE EMPRESAS. ADMINISTRACION. TRANSPORTE. SOCIOLOGIA

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Este documento define términos y establece principios y resultados para la gestión de activos. Describe: – los beneficios de la gestión de activos y de un sistema de gestión de activos; – la relación entre la gestión de activos, el sistema de gestión de activos y el portafolio de activos; – la mejora y madurez de la gestión de activos. Este documento es aplicable a todos los tipos de activos y todos los tamaños de organizaciones. Este documento no proporciona orientación financiera, contable, de recursos humanos ni técnica para gestionar tipos de activos específicos. NOTA Para los fines de la Norma ISO 55001, de la Norma ISO 55002 y de este documento, el término “sistema de gestión de activos” se usa para referirse a un sistema de gestión para la gestión de activos.
Comité: CTN 326 (CTN 326 Hyperloop)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-mayo-08
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Este documento proporciona una visión general de los requisitos más relevantes para garantizar la seguridad, fiabilidad, automatización del sistema, la seguridad, el confort, la interoperabilidad y las operaciones del sistema hyperloop utilizado para el transporte de pasajeros y mercancías. Este documento será la base para establecer los requisitos generales comunes para el sistema hyperloop en su conjunto.
Comité: CTN 66/SC 1 (CTN 66/SC 1 Sistemas de gestión)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-mayo-08
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Este documento proporciona orientación sobre la auditoría de los sistemas de gestión, incluyendo los principios de la auditoría, la gestión de un programa de auditoría y la realización de auditorías de sistemas de gestión, así como orientación sobre la evaluación de la competencia de las personas que participan en el proceso de auditoría. Estas actividades incluyen a las personas responsables de la gestión del programa de auditoría, los auditores y los equipos auditores. Es aplicable a todas las organizaciones que necesitan planificar y realizar auditorías internas o externas de sistemas de gestión, o gestionar un programa de auditoría. La aplicación de este documento a otros tipos de auditorías es posible, siempre que se preste especial atención a la competencia específica necesaria.
Comité: CTN 165/SC 3 (CTN 165/SC 3 Sistemas de gestión del cumplimiento y sistemas de gestión anticorrupción)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-mayo-08
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Este documento especifica los requisitos y proporciona una guía para establecer, implementar, mantener, revisar y mejorar un sistema de gestión antisoborno. El sistema puede ser independiente o puede estar integrado en un sistema de gestión global. En este documento se aborda lo siguiente en relación con las actividades de la organización: – soborno en los sectores público, privado y sin fines de lucro; – soborno por parte de la organización; – soborno por parte del personal de la organización que actúe en nombre de la organización o para su beneficio; – soborno de los socios de negocios de la organización que actúen en nombre de la organización o para su beneficio; – soborno de la organización; – soborno del personal de la organización en relación con las actividades de la organización; – soborno de los socios de negocios de la organización en relación con las actividades de la organización; – soborno directo e indirecto (por ejemplo, un soborno ofrecido o aceptado a través o por un tercero). Este documento es aplicable solo para al soborno. En él se establece requisitos y se proporciona una guía para un sistema de gestión diseñado para ayudar a una organización a prevenir, detectar y enfrentar al soborno y cumplir con las leyes antisoborno y los compromisos voluntarios aplicables a sus actividades. Los requisitos de este documento son genéricos y se pretende que sean aplicables a todas las organizaciones (o partes de una organización), independientemente del tipo, tamaño y naturaleza de la actividad, ya sea en los sectores público, privado o sin fines de lucro. El grado de aplicación de estos requisitos depende de los factores especificados en 4.1, 4.2 y 4.5. NOTA 1 Véase el capítulo A.2 para orientación. NOTA 2 Las medidas necesarias para prevenir, detectar y mitigar el riesgo de soborno por parte de la organización pueden ser diferentes de las medidas utilizadas para prevenir, detectar y responder al soborno de la organización (o de su personal o socios de negocios que actúan en nombre de la organización). Véase el apartado A.8.4 para obtener orientación.