SERVICIOS. ORGANIZACION. GESTION Y CALIDAD DE EMPRESAS. ADMINISTRACION. TRANSPORTE. SOCIOLOGIA

Comité: CTN 192/SC 8 (CTN 192/SC 8 Aparatos elevadores. Ascensores)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2024-noviembre-28
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La Norma UNE 192008 describe la sistemática de actuación para la realización de las inspecciones reglamentarias previstas por la legislación vigente, a fin de comprobar las condiciones de seguridad de los ascensores en funcionamiento, cualquiera que fuere la fecha y el marco legislativo en base al cual fueron puestos en servicio. Las referencias normativas y legislativas a cumplir se incluyen en el capítulo "2. Normas para consulta" y la "Bibliografía". La parte 1 de esta norma aplica a las inspecciones de los ascensores con velocidad superior a 0,15 m/s, así como aquellos cuya velocidad no sea superior a 0,15 m/s pero que fueron puestos en marcha con anterioridad a la entrada en vigor del R.D. 1644/2008 y puestos en servicio como ascensores. Esta norma no es de aplicación a los tipos de ascensores que figuran excluidos en la ITC AEM 1/2024 (según punto 2 Ámbito de aplicación del artículo 1).

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Este documento define términos clave, establece una visión y principios para la economía circular, y proporciona una orientación, incluyendo acciones posibles, para que una organización la implemente. Es aplicable a organizaciones que buscan comprender y comprometerse o contribuir con la economía circular, al tiempo que contribuyen al desarrollo sostenible. Estas organizaciones pueden ser privadas o públicas, actuar de manera individual o colectiva, independientemente de su tipo o tamaño, y estar ubicadas en cualquier jurisdicción o posición dentro de una cadena de valor o red de valor específica.
Comité: CTN UNE - TS/SC MF (CTN UNE - TS/SC MF Servicio TS - MF)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2024-noviembre-28
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Este documento especifica los requisitos para un sistema de gestión de activos. Este documento es aplicable a todo tipo de activos y a todo tipo y tamaño de organizaciones. De acuerdo con la política de gestión de activos de la organización, los resultados previstos de un sistema de gestión de activos incluyen: — valor obtenido de los activos a lo largo de su vida para la organización y sus partes interesadas; — logro de los objetivos de gestión de activos y cumplimiento de los requisitos aplicables; — mejora continua de la gestión de activos, del sistema de gestión de activos y del desempeño de los activos. Este documento no especifica requisitos financieros, contables ni técnicos para gestionar tipos de activos específicos. NOTA A los efectos de la Norma ISO 55000, este documento y la Norma ISO 55002, el término "sistema de gestión de activos" se utiliza para referirse a un sistema de gestión para la gestión de activos.

Comité: CTN 66/SC 1 (CTN 66/SC 1 Sistemas de gestión)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2024-diciembre-08
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Esta Norma Internacional especifica los requisitos para un sistema de gestión de mediciones (SMM) cuando una organización: a) necesita demostrar su capacidad para garantizar de manera consistente la confianza en la validez y confiabilidad de los resultados de medición y, por lo tanto, proporcionar un nivel consistente de calidad de medición para los productos y servicios de una organización, b) busca confiar en resultados de medición confiables y válidos que sean útiles para mejorar la satisfacción del cliente y aplicar de manera efectiva sus procesos del sistema de gestión de mediciones, c) implementa procesos para un sistema de gestión de mediciones que mejoren la conformidad con los requisitos del cliente, legales y reglamentarios. Todos los requisitos de esta Norma Internacional son genéricos y están destinados a aplicarse a cualquier organización, cualquiera que sea su tipo o tamaño, o los productos y servicios que proporciona. Esta Norma Internacional no pretende sustituir los requisitos ni agregar requisitos a los requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración especificados en la norma ISO/IEC 17025.
Comité: CTN 14 (CTN 14 Soldadura y técnicas conexas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2024-diciembre-08
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Este documento especifica los requisitos para la prueba de cualificación de soldadores para el soldeo por fusión de aceros, aluminio, cobre, níquel, titanio y circonio. En este documento, los términos "aluminio", "cobre", "níquel", "titanio" y "circonio" se refieren a los materiales y sus aleaciones. Este documento proporciona un conjunto de reglas técnicas para una prueba de cualificación sistemática del soldador y permite que dichas cualificaciones se acepten de manera uniforme independientemente del tipo de producto, la ubicación y el examinador o el organismo examinador. Al cualificar a los soldadores, se hace hincapié en la capacidad del soldador para manipular manualmente el electrodo, el soplete de soldeo, el soplete de soldadura o la pistola láser, con o sin material de relleno, para producir una soldadura de calidad aceptable. Los procesos de soldeo por fusión a los que se hace referencia en este documento incluyen los procesos de soldeo que se designan como manuales o parcialmente mecanizados. Este documento no cubre los procesos de soldeo totalmente mecanizados y automatizados que están cubiertos por la norma ISO 14732. Los principios de este documento se pueden aplicar a otros procesos de soldeo por fusión.
Comité: CTN 66/SC 2 (CTN 66/SC 2 Evaluación de la conformidad)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2024-diciembre-08
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Este documento proporciona principios y orientaciones para elaborar documentos normativos que contengan: - requisitos dirigidos al objeto de la evaluación de la conformidad - métodos y procedimientos específicos para cada actividad de evaluación de la conformidad (por ejemplo, métodos de ensayo) - reglas y metodología para la evaluación de la conformidad (como parte de los sistemas de evaluación de la conformidad, incluyendo disposiciones para las organizaciones que realizan la evaluación de la conformidad). Este documento está destinado a los elaboradores de normas, asociaciones y consorcios industriales, profesionales de compras, autoridades reguladoras, consumidores y grupos no gubernamentales, organismos de acreditación, organismos de evaluación de la conformidad y otras partes interesadas, como aseguradoras.
Comité: CTN 192/SC 11 (CTN 192/SC 11 Aparatos a presión)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2024-diciembre-18
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Esta norma establece la sistemática de actuación de los inspectores, en sus actuaciones para inspección inicial, inspecciones periódicas, reparaciones y modificaciones de los equipos e instalaciones a presión cuando las modificaciones no requieran reevaluación. Se excluye del ámbito de aplicación de esta norma cualquier actuación relacionada con el diseño, fabricación y evaluación de la conformidad de los equipos e instalaciones a presión. No obstante, se tendrán en cuenta las normas y procedimientos desarrollados por el órgano competente de la comunidad autónoma donde se ubique la instalación.
Comité: CTN 330 (CTN 330 Certificación de personas en seguridad industrial)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2024-diciembre-18
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Este documento establece los criterios comunes para el desarrollo del esquema de certificación de personas para los operadores de grúa móvil autopropulsada, conforme a sus competencias indicadas en el RD 837/2003.