SERVICIOS. ORGANIZACION. GESTION Y CALIDAD DE EMPRESAS. ADMINISTRACION. TRANSPORTE. SOCIOLOGIA
- +Sectores principales
- +SERVICIOS. ORGANIZACION. GESTION Y CALIDAD DE EMPRESAS. ADMINISTRACION. TRANSPORTE. SOCIOLOGIA (14)
- Sociología. Demografía (0)
- Trabajo. Empleo (0)
- Finanzas. Banca. Sistemas monetarios. Seguros (0)
- +Servicios (0)
- +Organización y gestión de empresas. Sistemas de gestión (5)
- +Calidad (8)
- Patentes. Propiedad intelectual (0)
- Legislación. Administración (0)
- Educación (0)
- +Ocio. Turismo (0)
- +Transporte (0)
- Servicios postales (1)
Modificación de la norma UNE 192007-1 para incluir anexo normativo referente al registro fotográfico de las inspecciones
Modificación de la norma UNE 192007-2-28 para incluir anexo normativo referente al registro fotográfico de las inspecciones
Modificación de la norma UNE 192007-2-38 para incluir anexo normativo referente al registro fotográfico de las inspecciones
Modificación 1M de Norma UNE 192014-1:2023 para incluir a anexo normativo referente al registro fotográfico de las inspecciones.
Modificación 1M de Norma UNE 192014-2:2025 para incluir a anexo normativo referente al registro fotográfico de las inspecciones.
Este documento establece la sistemática de actuación de los inspectores en las inspecciones periódicas de los centros de recarga de botellas, centros de inspección visual de botellas y centros de inspección periódica de botellas; y de sus instalaciones, equipos y componentes, incluidos los medios necesarios y el control documental de sus actuaciones. La inspección incluye también todos los equipos a presión de la instalación, por lo que no es necesaria la inspección individual de cada uno de esos equipos a presión de acuerdo con la parte general del Reglamento. Se excluyen de estas inspecciones lo depósitos criogénicos incluidos en la ITC-EP4. La ITC-EP 5 se aplica a las condiciones de seguridad de las instalaciones de recarga, así como a los requisitos y controles necesarios para la inspección, llenado y revisión de las botellas para respiración autónoma.
El objeto de esta norma es establecer un procedimiento que proporcione las instrucciones necesarias para realizar las inspecciones reglamentarias de los centros de almacenamiento y distribución de envases de gases licuados del petróleo (GLP), describiendo las medidas de seguridad mínimas y verificaciones del centro a realizar por el organismo de control, en adelante OC, reconocido en la reglamentación vigente por el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre. Este procedimiento se debe aplicar a las inspecciones de puesta en servicio y a las inspecciones periódicas de dichos centros de almacenamiento y distribución.