Equipos e instalaciones deportivas

Comité: CTN 147/SC 2 (CTN 147/SC 2 Deportes, campos de juego y otros equipos de recreo)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Esta norma europea especifica los requisitos funcionales y de seguridad, así como los métodos de ensayo, para todo tipo de porterías de fútbol portátiles/independientes y permanentes/fijadas con un peso total superior a 10 kg. Es aplicable a las porterías utilizadas para todas las modalidades de fútbol para todos los grupos de edad, incluyendo: — Fútbol de 11 jugadores; — Fútbol de campo reducido y fútbol juvenil (todas las modalidades); — Fútbol sala; — Juego recreativo; — Entrenamiento; — Competición. Es aplicable a las porterías destinadas a uso en exteriores e interiores. Quedan excluidas las siguientes porterías de fútbol: a) EN 16664, Equipos de campos de juego. Porterías ligeras. Requisitos funcionales, requisitos de seguridad y métodos de ensayo (porterías ligeras de 10 kg o menos). NOTA Las reglas del fútbol sala también permiten el uso de porterías de balonmano. Los requisitos para las porterías de balonmano se recogen en la Norma EN 749.
Comité: CTN 147/SC 2 (CTN 147/SC 2 Deportes, campos de juego y otros equipos de recreo)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Esta norma europea es aplicable a las porterías de rugby, fútbol gaélico, hurling y camogie utilizadas para competiciones, entrenamientos o juegos recreativos, en recintos cubiertos y al aire libre, incluidos centros educativos y zonas recreativas públicas. Especifica los requisitos funcionales y de seguridad, así como los métodos de ensayo, para todo tipo de porterías portátiles y fijas con un peso total superior a 10 kg.
Comité: CTN 81/SC 1 (CTN 81/SC 1 Protección individual)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Esta norma internacional especifica los requisitos de prestaciones, de talla, de marcado y los métodos de ensayo para los arneses de seguridad de puente y sus líneas de vida utilizados en embarcaciones de recreo. Es aplicable a los arneses y a sus líneas de vida, correspondientes a las tallas y masas corporales siguientes: a) talla 1: > 50 kg 1); b) talla 2: > 20 kg ≤ 50 kg 1); c) talla 3: ≤ 20 kg 1); que están destinadas a ser utilizadas por todas las personas en la cubierta descubierta o en la cubierta de trabajo de una embarcación a flote. No es aplicable a los arneses de trapecio de las embarcaciones ligeras, a los arneses de windsurf, a los arneses de asiento para embarcaciones rápidas a motor ni a los arneses contra caídas verticales.
Comité: CTN 147/SC 2 (CTN 147/SC 2 Deportes, campos de juego y otros equipos de recreo)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Esta norma europea únicamente es aplicable a los arneses para parapentes. El sistema de fijación intermedio entre el arnés y el parapente/paracaídas de emergencia no forma parte de esta norma. Esta norma especifica los requisitos de seguridad y los métodos de ensayo.