Protección contra materias peligrosas

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Este documento proporciona términos y definiciones adicionales a los establecidos en el Acuerdo europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) o en el Reglamento relativo al Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID), que aparece como Apéndice C del Convenio relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril (COTIF). Este documento forma parte de una serie de documentos elaborados por el CEN/TC 296 en relación con el transporte de mercancías peligrosas. La serie respalda la correcta aplicación del ADR y del RID. Este documento es aplicable a los tanques utilizados para el transporte de mercancías peligrosas. No se aplica al transporte a granel de mercancías peligrosas. Para mayor comodidad, el Anexo A (informativo) repite algunas definiciones generales tomadas del capítulo 1.2 del ADR y RID 2025, y el Anexo B (informativo) repite algunas definiciones del capítulo 6.7 del ADR y RID 2025, específicas para los tanques portátiles. NOTA: El ADR y el RID se actualizan de forma periódica, por lo tanto, los Anexos A y B podrían quedar desactualizados. En caso de discrepancia, prevalecen las definiciones del RID/ADR. Los Anexos C, D y E (informativos) proporcionan índices trilingües alfabéticos de términos en inglés, francés y alemán, donde el idioma de referencia es, respectivamente, el inglés, el francés y el alemán. El Anexo F (normativo) es un diagrama esquemático de las aberturas y cierres de los tanques, de acuerdo con el código del tanque.
Comité: CTN 49/GT 4 (CTN 49/GT 4 Envases y embalajes para mercancías peligrosas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-diciembre-12
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Este documento especifica los requisitos y métodos de ensayo aplicables a cualquier material plástico reciclado mecánicamente utilizado en la fabricación de embalajes para el transporte de mercancías peligrosas, tal y como se identifican en las Recomendaciones de la ONU.