MEDIO AMBIENTE Y PROTECCION DE LA SALUD. SEGURIDAD

Comité: CTN 212/SC 86 (CTN 212/SC 86 Fibras opticas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Esta parte de la Norma IEC 60793 es aplicable a las categorías de fibra óptica B-652, B-653, B-654, B-655, B-656 y B-657. En la Tabla 1 se muestra un mapa que ilustra la conexión de las designaciones IEC con las designaciones ITU-T. Estas fibras se utilizan o pueden incorporarse en equipos de transmisión de información y cables de fibra óptica. Se aplican tres tipos de requisitos a estas fibras: • requisitos generales, tal como se definen en IEC 60793-2; • requisitos específicos comunes a las fibras monomodo de clase B cubiertas en este documento y que se dan en el capitulo 5; • requisitos particulares aplicables a categorías de fibras individuales o aplicaciones específicas, que se definen en los Anexos A a F. Para algunas categorías de fibra (que se muestran en las especificaciones de la familia correspondiente), hay subcategorías que se distinguen en función de la diferencia en las especificaciones de los atributos de transmisión. Las designaciones para estas subcategorías están documentadas en las especificaciones particulares de cada familia. La Tabla 1 muestra un mapa desde las designaciones IEC hasta las recomendaciones ITU-T. La tabla también proporciona el anexo normativo en este documento que contiene la especificación detallada así como el nombre utilizado para describir este tipo de fibra en IEC 60793-2-50:2015. Se dan las recomendaciones ITU-T así como las categorías/subcategorías IEC dentro de cada recomendación. En algunos casos, como en el caso de la Recomendación G.652, una designación IEC dada corresponde a varias categorías en UIT-T porque las categorías del UIT-T se distinguen por el rendimiento del atributo de fibra cableada (PMDQ) que no se distingue en las especificaciones de fibra IEC.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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El proyecto de norma europea no contiene este capítulo.
Comité: CTN 23 (CTN 23 Seguridad contra incendios)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Esta norma especifica requisitos y métodos de ensayo para los materiales, la construcción y las características de los componentes destinados al uso en sistemas contra incendios de polvo que cumplan la Norma Europea EN 12416-2:2001+A1:2007. Los componentes regulados por esta norma son los siguientes: − recipientes de polvo; − unidades de recipientes de gas expelente; − manómetros y reguladores de presión; − accionadores; − válvulas de seccionamiento principal y válvulas selectoras; − boquillas. Los componentes son adecuados para sistemas de extinción de incendios por polvo de uso general en edificios y otras obras de construcción. En áreas con riesgo de explosión, zonas sísmicas, condiciones ambientales extremas, por ejemplo, marinas, en alta mar, mineras o aeronáuticas, se aplican consideraciones adicionales. Este documento cubre los componentes para uso en sistemas de extinción por polvo que cumplen la norma EN 12416-2:2001+A1:2007. No cubre, por ejemplo, tuberías y accesorios que están cubiertos por normas más generales para las que se dan requisitos y recomendaciones en EN 12416-2:2001+A1:2007. Tampoco cubre los detectores de incendios ni los equipos eléctricos de control e información.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Añádase lo siguiente antes del quinto párrafo a partir de “En la medida de lo posible,…”: Aparatos no destinados al uso doméstico normal pero que, sin embargo, pueden ser una fuente de peligro para el público, tales como aparatos destinados a ser utilizados por legos en tiendas, en la industria ligera y en las granjas, están dentro de la alcance de este documento. Sin embargo, si el aparato está destinado a un uso profesional para procesar alimentos para fines comerciales, el electrodoméstico no se considera exclusivamente para uso doméstico o similar.
Comité: CTN 77/SC 3 (CTN 77/SC 3 Suelo)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Este documento proporciona orientación respecto a aspectos clave de las técnicas de remediación y su implementación. Describe de forma concisa los principios, las características principales y las ventajas y limitaciones a considerar en la selección dentro de una evaluación de opciones de técnicas de remediación, individuales o combinadas, “in-situ” y “onsite”, incluyendo: - los tipos de contaminantes a tratar; - el uso del emplazamiento actual y/o previsto; - el contexto local en plano legal, político, socio-económico y ambiental Se siguen los principios para remediación sostenible contenidos en la Norma ISO 18504. El alcance de este documento se restringe a la remediación de emplazamientos contaminados, es decir, aquellos en los que el suelo, el gas del suelo, el aire ambiente o las aguas subterráneas están contaminadas. Se identifica qué fases/matrices pueden ser abordadas por una técnica, por ejemplo, fluido (aguas subterráneas, gas, fase no acuosa) o sólido, y a qué contaminante se puede aplicar. El documento también proporciona información de los riesgos que pueden estar asociados a la implementación de una remediación. Este documento no proporciona: - un listado exhaustivo de técnicas de remediación; - orientación en emplazamientos contaminados con sustancias radioactivas o con agentes patogénicos o infecciosos, o dispositivos pirotécnicos (por ejemplo, artefactos sin detonar); - orientación en cuanto a técnicas “ex situ” que se establecen fueran del emplazamiento; - un marco de trabajo que cubre todas las situaciones individuales; o prescripción de qué técnica(s) usar en un contexto específico.
Comité: CTN 81/SC 3 (CTN 81/SC 3 Seguridad de las máquinas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Este documento especifica los requisitos de seguridad para la integración de maquinaria en un sistema. Brinda requisitos y recomendaciones para el diseño inherentemente seguro, la salvaguardia y la complementariedad. medidas de protección e información para el uso de un sistema integrado de fabricación (IMS). NOTA En el contexto de este documento, el término sistema se refiere a un IMS que también puede colaborar con otros dominios dentro de la(s) cadena(s) de suministro de una empresa (por ejemplo, fabricación inteligente). Véase también 5.2.2. Este documento no pretende cubrir aspectos de seguridad de máquinas y equipos individuales que pueden ser cubiertos por estándares específicos para esas máquinas y equipos. Por lo tanto, se trata sólo de aquellos aspectos de seguridad para la interconexión relevante para la seguridad de las máquinas y componentes. Cuando las máquinas componentes de un sistema integrado de maquinaria se operen por separado o individualmente, el Se aplican los requisitos de seguridad de las normas de seguridad pertinentes para estas máquinas y equipos. Este documento también es aplicable cuando una modificación de un IMS existente da como resultado una nueva configuración, función, capacidad o ubicación. Este documento trata sobre los peligros significativos, situaciones peligrosas o eventos peligrosos cuando se usa según lo previsto y bajo condiciones específicas de mal uso que son razonablemente previsibles. Este documento también proporciona requisitos para el IMS utilizado en las siguientes aplicaciones, pero no cubre los peligros relacionados con — uso subterráneo, — entornos nucleares, — entornos potencialmente explosivos, — peligros debidos a la elevación de personas, — uso de IMS en entornos con niveles peligrosos de radiación ionizante y no ionizante, — cuando el público tiene acceso. La emisión de ruido acústico podría identificarse como un peligro importante, pero la reducción de las emisiones de ruido no se trata en este documento.
Comité: CTN 81 (CTN 81 Seguridad y salud en el trabajo)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Este documento especifica requisitos para un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo (SST) y proporciona orientación para su uso, para permitir a las organizaciones proporcionar lugares de trabajo seguros y saludables previniendo las lesiones y el deterioro de la salud relacionados con el trabajo, así como mejorando de manera proactiva su desempeño de la SST. Este documento es aplicable a cualquier organización que desee establecer, implementar y mantener un sistema de gestión de la SST para mejorar la seguridad y salud en el trabajo, eliminar los peligros y minimizar los riesgos para la SST (incluyendo las deficiencias del sistema), aprovechar las oportunidades para la SST y abordar las no conformidades del sistema de gestión de la SST asociadas a sus actividades. Este documento ayuda a una organización a alcanzar los resultados previstos de su sistema de gestión de la SST. En coherencia con la política de la SST de la organización, los resultados previstos de un sistema de gestión de la SST incluyen: a) la mejora continua del desempeño de la SST; b) el cumplimiento de los requisitos legales y otros requisitos; c) el logro de los objetivos de la SST. Este documento es aplicable a cualquier organización sin importar su tamaño, tipo y actividades. Es aplicable a los riesgos para la SST bajo el control de la organización, teniendo en cuenta factores tales como el contexto en el que opera la organización y las necesidades y expectativas de sus trabajadores y otras partes interesadas. Este documento no establece criterios específicos para el desempeño de la SST, ni para el diseño de un sistema de gestión de la SST. Este documento permite a una organización, mediante su sistema de gestión de la SST, integrar otros aspectos de la seguridad y salud, tales como el bienestar del trabajador. Este documento no aborda cuestiones tales como la seguridad del producto, los daños a la propiedad o los impactos ambientales, más allá de los riesgos para los trabajadores y para otras partes interesadas pertinentes. Este documento puede ser utilizado total o parcialmente para mejorar de manera sistemática la gestión de la seguridad y salud en el trabajo. Sin embargo, las declaraciones de conformidad con este documento no son aceptables a menos que todos sus requisitos estén incorporados en el sistema de gestión de la SST de una organización y se cumplan sin exclusión.
Comité: CTN 23 (CTN 23 Seguridad contra incendios)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Este documento proporciona requisitos específicos para sistemas de extinción por gas para agentes extintores de hidrocarburos halogenados, mezcla 55. Incluye propiedades físicas, especificaciones, usos y aspectos relacionados la seguridad. También cubre sistemas que operan a presión nominal de 25 bar, 35 bar y 50 bar sobrepresurizados con nitrógeno. Este documento no excluye el uso de otros sistemas. NOTA 1 bar = 0,1 MPa = 105 Pa; 1 MPa = 1 N/mm2.
Comité: CTN 23 (CTN 23 Seguridad contra incendios)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Este documento especifica las características del producto y los métodos de ensayo de boquillas abiertas y boquillas automáticas para su uso en sistemas de agua nebulizada.
Comité: CTN 81/SC 1 (CTN 81/SC 1 Protección individual)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-15
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Esta norma especifica los requisitos de los guantes de protección para proteger a los peluqueros, especialmente del riesgo frente a microorganismos y productos químicos peligrosos, y define los términos que se utilizarán.
Comité: CTN 77/SC 2/GT 1 (CTN 77/SC 2/GT 1 Mapeo de molestias por olor)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2023-junio-25
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El objeto de esta norma es establecer una metodología para monitorizar la contaminación por olor en comunidades afectadas en tiempo real mediante ciencia ciudadana, permitiendo identificar las fuentes de olor que alteran el bienestar de las personas causando molestias olfativas, medir el grado de estas molestias y definir una estrategia para evaluar el impacto por olor. Así mismo, se establecerán medidas de mitigación para cada proyecto en particular. El alcance de esta Norma española incluye: – La identificación y caracterización del área afectada, incluyendo historial de la situación, APGEMO y agentes clave por parte de la sociedad civil, académica y del sector público. – La identificación, desarrollo y puesta en marcha de una metodología estandarizada de ciencia ciudadana para la recolección, el tratamiento, la visualización y el análisis del conjunto de los datos generados, que se publicarán como datos abiertos. – La creación de mapas colaborativos de olor basados en la información espacial y temporal de los registros de olor que aportan las personas potencialmente receptoras del impacto por olor. – La identificación de episodios de olor caracterizados de acuerdo a su grado de molestia. – La medición de la variabilidad de la molestia percibida por la ciudadanía tanto en tiempo como en espacio. – La generación de un espacio/herramienta/recursos de diálogo entre las partes implicadas mediante transparencia, y comunicación continua, en el que los datos que se generan se disponen como datos abiertos con el propósito de lograr acuerdos alcanzables. – La definición de una propuesta de futuras actuaciones para minimizar el impacto del olor. Por el contrario, queda fuera del alcance de esta norma: – La evaluación de las rutas de olor. – La solución a las molestias por olor, de acuerdo a las acciones correctoras llevadas a cabo por las APGEMO. – La medición cuantitativa de olor en emisión y en inmisión (ouE/m3). – La identificación del causante/responsable de una única observación por olor. – La identificación de las fuentes principales emisoras de olor dentro de una misma actividad. – La evaluación de las frecuencias de observaciones de olor en un área en inmisión.