MEDIO AMBIENTE Y PROTECCION DE LA SALUD. SEGURIDAD

Comité: CTN 81/SC 3 (CTN 81/SC 3 Seguridad de las máquinas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-diciembre-29
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Este documento especifica la terminología básica, los principios y una metodología para lograr la seguridad en el diseño de maquinaria. Establece los principios de evaluación y reducción del riesgo para ayudar a los diseñadores a alcanzar este objetivo. Estos principios se basan en el conocimiento y la experiencia sobre el diseño, el uso, los incidentes, los accidentes y los riesgos asociados a la maquinaria. Se describen procedimientos para la identificación de peligros, así como para la estimación y evaluación de los riesgos durante las fases pertinentes del ciclo de vida de la máquina, y para la eliminación de peligros o la provisión de una reducción adecuada del riesgo. Se ofrece orientación sobre la documentación y la verificación del proceso de evaluación y reducción del riesgo. Este documento abarca las principales implicaciones en la seguridad de la maquinaria en caso de implementación de inteligencia artificial/aprendizaje automático, así como la vulnerabilidad frente a ataques o corrupciones de ciberseguridad en relación con su impacto en la seguridad. Se especifican medidas genéricas para abordar ambos aspectos. La seguridad de la maquinaria incluye los aspectos de higiene. Este documento también está destinado a servir de base para la elaboración de normas de seguridad de tipo B o tipo C. No abarca los riesgos y/o daños a animales domésticos, bienes o al medio ambiente. Nota 1: Aunque este documento se refiere a riesgos de daño a las personas, el proceso de evaluación de riesgos descrito puede ser igualmente eficaz para evaluar otros tipos de riesgos, como daños a animales domésticos, bienes o al medio ambiente. Nota 2: El Anexo B proporciona, en tablas separadas, ejemplos de peligros, situaciones peligrosas y sucesos peligrosos, con el fin de aclarar estos conceptos y ayudar al diseñador en el proceso de identificación de peligros. Nota 3: El uso práctico de diversos métodos para cada etapa de la evaluación de riesgos se describe en el Informe Técnico ISO/TR 14121-2. Nota 4: En este documento, el término diseñador de una máquina puede incluir al fabricante, integrador, proveedor o al usuario, en caso de modificaciones relevantes para la seguridad.
Comité: CTN 77 (CTN 77 Medio ambiente)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Este documento especifica un método para la determinación cuantitativa de diversos hidrocarburos perfluorados mediante cromatografía líquida de alta resolución (HPLC) y espectrometría de masas en suelos, lodos, sedimentos y residuos (véase la Tabla 1). Para muchas de las sustancias a las que se aplica este documento, se puede alcanzar un límite de cuantificación (LOQ) de 0,1 a 10 μg/kg ms. Véase también el Anexo D para obtener más información sobre los LOQ alcanzables. El método puede aplicarse al análisis de PFAS adicionales no especificados en el ámbito de aplicación, si se demuestra su validez mediante protocolos de validación internos adecuados, en particular para los compuestos volátiles que pueden perderse durante la preparación. Para cada compuesto objetivo, se cuantifican conjuntamente todos los compuestos, ramificados y no ramificados. En este método, la cantidad de PFAS lineales y ramificados se cuantifica utilizando el factor de respuesta de los PFAS lineales en el patrón de calibración y el área total de los PFAS lineales y ramificados (el anexo C ofrece más explicaciones). Alternativamente, el isómero lineal y la suma de los isómeros ramificados pueden cuantificarse por separado y la suma de ambos puede calcularse siempre que se obtenga una separación completa del isómero lineal de los isómeros ramificados. Todos los compuestos de la Tabla 1 se sometieron a ensayo durante una prueba interlaboratorio internacional realizado en Europa entre diciembre de 2023 y abril de 2024. La tabla especifica para cuáles no se alcanzó el criterio de una desviación estándar interlaboratorio (CVR) del 50 %. Véase el anexo D para más detalles. La validez del procedimiento se ha demostrado para muestras de suelo, sedimentos y lodos, así como para una selección de muestras de residuos. Para otros tipos de residuos distintos de los mencionados en el anexo D, el laboratorio debe validar la idoneidad del procedimiento de esta norma.
Comité: CTN 81/SC 1 (CTN 81/SC 1 Protección individual)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Esta norma internacional especifica los requisitos de prestaciones, de talla, de marcado y los métodos de ensayo para los arneses de seguridad de puente y sus líneas de vida utilizados en embarcaciones de recreo. Es aplicable a los arneses y a sus líneas de vida, correspondientes a las tallas y masas corporales siguientes: a) talla 1: > 50 kg 1); b) talla 2: > 20 kg ≤ 50 kg 1); c) talla 3: ≤ 20 kg 1); que están destinadas a ser utilizadas por todas las personas en la cubierta descubierta o en la cubierta de trabajo de una embarcación a flote. No es aplicable a los arneses de trapecio de las embarcaciones ligeras, a los arneses de windsurf, a los arneses de asiento para embarcaciones rápidas a motor ni a los arneses contra caídas verticales.
Comité: CTN 156 (CTN 156 Servicios postales)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Este documento establece una metodología común para el cálculo, asignación y declaración de los gases de efecto invernadero (GEI) así como de emisiones de contaminantes atmosféricos relacionadas con cualquier servicio de entrega de paquetería. Solo cubre una parte de toda la cadena de valor minorista. La cadena de valor minorista suele consistir en la creación del producto, el almacenamiento del inventario, la distribución de las mercancías y la puesta del producto a disposición de los consumidores. Este documento incluye solo la distribución de mercancías, pero considera toda la cadena de valor del proceso continuo del transporte de paquetería, es decir, las rondas de recogida y entrega, el transporte troncal y las operaciones debidas al procesamiento y la manipulación física de los paquetes. Véase la figura 1 a continuación para obtener una ilustración gráfica.
Comité: CTN 77/SC 1 (CTN 77/SC 1 Agua)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Este documento es aplicable al ácido cítrico utilizado como antiincrustante para membranas en el tratamiento de agua destinada al consumo humano. Describe las características y especifica los requisitos y los métodos analíticos correspondientes para el ácido cítrico. Proporciona información sobre su uso como antiincrustante para membranas en el tratamiento del agua. También ofrece orientación sobre su manipulación y uso seguros (véase el anexo B).
Comité: CTN 100 (CTN 100 Climatización)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Este documento especifica los requisitos y directrices para evaluar la limpieza química del aire de los equipos y materiales que se prevé utilizar en salas blancas y entornos controlados asociados, de conformidad con la norma ISO sobre limpieza del aire por concentración química (véase la Norma ISO 14644-8). Este documento no se aplica a lo siguiente: — Requisitos de salud y seguridad; — Compatibilidad con agentes y técnicas de limpieza; — Facilidad de limpieza; — Biocontaminación; — Requisitos específicos de equipos y materiales para procesos y productos; — Detalles de diseño de los equipos.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Este capítulo de la Parte 1 se sustituye por lo siguiente. Esta norma trata de la seguridad de las secadoras eléctricas de tipo tambor para uso doméstico y análogo, cuya tensión asignada no sea superior a 250 V para los aparatos monofásicos y 480 V para los demás aparatos incluyendo aquellos aparatos alimentados en corriente continua. Esta norma se aplica para la función de secado de las lavadoras que tengan un ciclo de secado. Esta norma trata también de la seguridad de las secadoras tipo tambor que usan un sistema de refrigeración. Estos aparatos pueden usar refrigerantes inflamables. En el anexo AA se dan requisitos adicionales para estos aparatos. Los aparatos no destinados a uso doméstico normal, pero que sin embargo pueden ser una fuente de peligro para el público, tales como los aparatos destinados a utilizarse por usuarios no especializados en comercios, industria ligera y granjas, están incluidos dentro del campo de aplicación de esta norma. Ejemplos de dichos aparatos son las secadoras tipo tambor para uso comunitario en bloques de apartamentos o en lavanderías. Este documento trata de los riesgos razonablemente previsibles que presentan los aparatos y las máquinas con los que se pueden encontrar las personas. Sin embargo, en general, esta norma no tiene en cuenta: – las personas (incluyendo los niños) cuyas: • capacidades físicas, sensoriales o mentales, o • falta de experiencia o conocimiento, les impidan utilizar el aparato con toda seguridad sin supervisión o instrucción; – la utilización del aparato como un juguete por los niños. Se llama la atención sobre el hecho que – para los aparatos destinados a utilizarse en vehículos o a bordo de barcos o aviones, pueden ser necesarios requisitos suplementarios; − en numerosos países, las autoridades nacionales de salud, las autoridades nacionales responsables de la protección de los trabajadores y las autoridades nacionales responsables del suministro de agua especifican requisitos adicionales. Esta norma no se aplica a – los aparatos destinados exclusivamente a usos industriales; – los aparatos destinados a utilizarse en lugares donde se presentan condiciones especiales, tales como la presencia de una atmósfera corrosiva o explosiva (polvo, vapor o gas); – los aparatos que incorporan dispositivos de generación de vapor en los que el vapor se produce a una presión superior a 50 kPa.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Reemplace los párrafos quinto, sexto, séptimo y octavo que comienzan con “Electrodomésticos no destinados…” hasta “…niños jugando con el aparato” con lo siguiente: “Los electrodomésticos destinados a ser utilizados por personas no expertas en tiendas y otros locales para fines domésticos normales están dentro del alcance de este documento. NOTA Z101 Ejemplos de electrodomésticos para el entorno doméstico son los aparatos para funciones domésticas típicas utilizados en el entorno doméstico que también pueden ser usados por usuarios no expertos para funciones domésticas típicas: — en tiendas y otros entornos de trabajo similares; — en casas de campo; — por clientes en hoteles, moteles y otros entornos de tipo residencial; — para uso comunitario en bloques de pisos; — en entornos tipo bed and breakfast. NOTA Z102 Los entornos domésticos incluyen la vivienda y sus edificios asociados, el jardín, etc. Este documento trata sobre los riesgos razonablemente previsibles del uso previsto que presentan los aparatos, los cuales afectan a todas las personas y a los animales domésticos en el hogar y sus alrededores. Convertir el párrafo que empieza por "Se llama la atención sobre..." en una nota. Esta norma no se aplica a: — secadoras para su uso en áreas comerciales, por ejemplo, lavanderías (véase EN 50570); Adición: Este documento contiene requisitos para aparatos con función de radio, comunicación remota y operación remota. Nota Z101 Para el alcance de este documento, el término aparato de radio se utiliza con el mismo significado que el equipo de radio. El cumplimiento de esta Parte 2, cuando se utiliza junto con la Parte 1, proporciona un medio de conformidad con los objetivos de seguridad enumerados en la Tabla ZZA.1 y la Tabla ZZC.1.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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El capítulo de la Parte 1 se sustituye por lo siguiente Esta norma trata de la seguridad de los aparatos microondas destinados a uso comercial, cuya tensión asignada no es superior a 250 V para los aparatos monofásicos conectados entre fase y neutro y a 480 V para el resto de los aparatos. En la medida de lo posible esta norma trata los riesgos comunes presentados por estos tipos de aparatos. Los aparatos cubiertos por esta norma que comportan un aplicador abierto (como ejemplo una visión de conjunto se da en la figura 103) destinado al tratamiento de la carga. Estos se dividen en tres tipos: – los aparatos con un aplicador por inserción, generalmente utilizados para retirar la humedad y que funcionan por inserción en agujeros en el suelo, las paredes o el techo (un ejemplo se da en la figura 106); – los aparatos con aplicadores por contacto de gran superficie, generalmente utilizados para el secados de suelos, paredes o techos (se dan ejemplos en las figuras 104 y 105); – los aparatos con aplicadores por contacto de pequeña superficie, generalmente utilizados para el decapado de pintura y el calentamiento por puntos (un ejemplo se da en la figura 107). Los aparatos con aplicador por inserción y los aplicadores por contacto de gran superficie y los aparatos con aplicador por contacto de pequeña superficie utilizan energía electromagnética en una o varias de las bandas de frecuencia de los ISMs entre 300MHz y 30 GHz, para proporcionar energía a una carga externa que se calienta hasta que ocurre un proceso de secado, transporte de humedad que puede resultar en fuerzas debidas a la formación de vapor, descomposición o modificación química, derretido, o eliminación de organismos tales como las bacterias u hongos. Los aparatos que utilizan energía no eléctrica están comprendidos en el campo de aplicación de esta norma. Su parte relativa a microondas se considera aparato a motor. NOTA 101 Las bandas de frecuencia ISM son las frecuencias electromagnéticas establecidas por la ITU y reproducidas en la Norma CISPR 11. NOTA 102 La comida y la bebida no se consideran cargas en esta norma. Los aparatos con un aplicados de inserción y con un aplicador de contacto de gran superficie se consideran aparatos portátiles. Los aparatos con aplicador por contacto de pequeña superficie se consideran portátiles. Aparatos que usan energía no eléctrica están dentro del campo de aplicación de esta norma. La porción relativa a microondas se considera operada por motor. Las consideraciones para la barrera de microondas y sus ensayos de pérdida asociados se describen en el anexo informativo AA. Se debe fijar la atención sobre el hecho de que – estos aparatos pueden radiar energía de microondas hacia el exterior de un área restringida en la que se utilizan. Los requisitos adicionales especificados por los organismos nacionales responsables de la protección contra las radiaciones no ionizantes, según las cuales el límite de la densidad de flujo de potencia en el exterior de este área restringida no puede exceder una media de 10 W/m2 en un periodo de tiempo de 6 min, se tienen en consideración en esta norma; – estos aparatos están destinados exclusivamente a tratar la carga en las condiciones de funcionamiento normal; es decir, esta norma no se aplica a los aparatos o sistemas que emplean la propagación de microondas en espacio libre; – para los aparatos destinados a ser utilizados en países tropicales, pueden ser necesarios requisitos particulares; – en numerosos países se especifican requisitos adicionales por los organismos nacionales de la salud pública y por los organismos nacionales responsables de la protección de los trabajadores y de la protección contra las radiaciones no ionizantes. Esta norma no se aplica a: – a los hornos microondas domésticos, comprendidos los hornos microondas combinados (IEC 60335-2-25); – a los hornos microondas para uso comercial con una puerta de cavidad, a los hornos microondas combinados para uso comercial con puerta de cavidad y a los hornos microondas combinados para uso comercial sin puerta de cavidad y con medio de transporte (IEC 60335-2-90); – a los equipos industriales de calentamiento por microondas (IEC 60519-6); – a los aparatos para uso médico (IEC 60601-1); – a los aparatos y equipos destinados a un uso en laboratorio (serie IEC 61010); – a los aparatos destinados a ser utilizados en locales que presenten condiciones especiales, tales como la presencia de una atmósfera corrosiva o explosiva (polvo, vapor o gas). Algunos ensayos y especificaciones citados en esta norma, no son aplicables a los aparatos con una frecuencia diferente de 2 450 MHz.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Reemplace el tercer párrafo que comienza con "En la medida de lo practicable,..." con lo siguiente: “Este documento trata sobre los riesgos razonablemente previsibles del uso previsto que presentan los aparatos y que son encontrados por todas las personas instruidas o personas cualificadas y animales domésticos dentro y alrededor del hogar.” Convierta el párrafo que comienza con “Se llama la atención sobre la…” en una nota.
Comité: CTN 23/SC 5 (CTN 23/SC 5 Sistemas fijos de lucha contra incendios y sus componentes y agentes extintores)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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El proyecto de norma europea no contiene este capítulo.
Comité: CTN 22 (CTN 22 Materias primas minerales. Minería y explosivos)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Este documento proporciona orientación sobre el etiquetado y la carpeta de información de productos que potencialmente contienen imanes permanentes en el contexto del intercambio de información entre los actores de la cadena de suministro para mejorar la reciclabilidad de los imanes permanentes. Este documento puede ser utilizado por cualquier persona física o jurídica que comercialice en la UE productos que contengan imanes permanentes. El documento es de carácter horizontal y puede aplicarse a cualquier tipo de producto que contenga imanes permanentes. Su ámbito de aplicación explícito incluye los grupos de productos y componentes mencionados en la introducción, siempre que la masa total de los imanes permanentes supere el umbral de notificación especificado en el apartado 4.1 de este documento. El documento especifica: 1. El formato gráfico, la aplicación y la ubicación de las etiquetas, para que sean fácilmente localizables, legibles y escaneables al final de su vida útil, de forma que sean adecuadas para productos de diferentes tamaños y complejidades; 2. Las especificaciones del soporte de datos, tanto en su formato físico como en su colocación en el producto, así como la accesibilidad, seguridad y verificabilidad de la información; 3. Los derechos de acceso a la información de las partes interesadas; 4. La información que debe proporcionarse sobre la ubicación y la composición de los imanes permanentes; 5. La información que debe proporcionarse sobre los materiales adyacentes, como los recubrimientos y las características de fijación, incluidos los adhesivos; 6. Cómo crear instrucciones paso a paso para acceder y retirar de forma segura los imanes permanentes, especificando las herramientas y tecnologías necesarias, y proporcionando a los recicladores una guía práctica e inequívoca sobre cómo desmontar los imanes de la forma más eficiente; y 7. El formato de los datos que debe proporcionarse, según los puntos 4 a 6. El etiquetado se aplicará a productos que incluyan al menos uno de los componentes mencionados anteriormente o un imán único, incluidos los imanes segmentados, con una masa total de material magnético igual o superior a 60 g para productos con una masa total igual o superior a 400 kg, o a 25 g para productos con una masa total inferior a 400 kg. Otros componentes que contengan imanes dentro de un producto y que se encuentren por debajo de dicho umbral están exentos de declaración y etiquetado. El objetivo de estos umbrales es establecer un equilibrio adecuado entre el esfuerzo requerido tanto por las entidades responsables del etiquetado como por los desmanteladores y recicladores, y la producción de material reciclado. Al excluir las posibles fuentes de chatarra cuyo rendimiento no justifique el esfuerzo, se simplifica el trabajo para ambas partes.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Este capítulo de la Parte 1 se sustituye por lo siguiente: Esta norma internacional trata de la seguridad de las cocinas eléctricas, encimeras de cocción, hornos y aparatos análogos para uso doméstico, cuya tensión asignada no sea superior a 250 V para aparatos monofásicos conectados entre fase y neutro ya 480 V para otros aparatos incluyendo los alimentados por c.c o por baterías. . Esta norma internacional también incluye algunos requisitos para hornos que están destinados a ser usados a bordo de barcos o aviones. Ejemplos de aparatos que entran dentro del campo de aplicación de esta norma se pueden citar – planchas; – parrillas; – encimeras de inducción; – elementos wok por inducción; – hornos por pirólisis autolimpiantes; – hornos de vapor. En la medida en que sea posible, esta norma trata de los riesgos comunes que presentan los aparatos que se encuentra cualquier persona en el entorno doméstico y ambientes análogos. Sin embargo, en general, esta norma no tiene en cuenta: – personas (incluyendo niños) cuyas • capacidades físicas, mentales y sensoriales, o • falta de experiencia o conocimiento hace que no se les permita utilizar el aparato sin supervisión o instrucción. – los niños que juegan con el aparato; Debe ponerse atención sobre el hecho de que – para los aparatos destinados a ser utilizados en vehículos o a bordo de barcos o aviones, requisitos suplementarios pueden ser necesarios; – en numerosos países, requisitos adicionales son especificados por las autoridades nacionales de la salud, las autoridades responsables de la protección del trabajo, los organismos nacionales responsables de la alimentación de agua y autoridades análogas. Esta norma no se aplica a – los aparatos previstos para la restauración de uso comercial; – a los aparatos destinados a ser utilizados en locales que presenten condiciones particulares como por ejemplo, la presencia de una atmósfera corrosiva o explosiva (polvo, vapor o gas); – a las parrillas, tostadores de pan y aparatos de cocción móviles análogos (IEC 60335-2-9); – a los hornos microondas (IEC 60335-2-25).
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Reemplace el párrafo que comienza con “En la medida de lo posible …” hasta “…niños jugando con el aparato.” por el siguiente: “Este documento trata sobre los riesgos razonablemente previsibles del uso previsto que presentan los aparatos, los cuales son experimentados por todas las personas y los animales domésticos dentro y alrededor del hogar.” Convierte el párrafo que comienza con “Se llama la atención sobre …” en una nota. Adición: El aparato puede combinarse con función de combustión de combustible, en cuyo caso también puede ser aplicable la EN IEC 60335-2-102. Este documento contiene requisitos para aparatos con función de radio, comunicación remota y operación remota. Nota Z101 Para el alcance de este documento, el término aparato de radio se utiliza con el mismo significado que equipo de radio. El cumplimiento con esta Parte 2 cuando se utiliza junto con la Parte 1 proporciona un medio de conformidad con los objetivos de seguridad enumerados en las Tablas ZZA.1 y ZZC.1
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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El capítulo de la Parte 1 se sustituye por lo siguiente. Esta norma trata de la seguridad de los vaporizadores eléctricos para usos domésticos y análogos cuya tensión asignada no es superior a 250 V incluyendo los alimentados por c.c o por baterías. . Ejemplos de aparatos comprendidos en el campo de aplicación de esta norma, se puede citar los ambientadores de aire y los repeledores de insectos. Éstos pueden ser enchufados directamente en una base de toma de corriente o conectados a la red de alimentación por medio de un cable flexible y de una clavija. Los aparatos no destinados a un uso doméstico normal pero que sin embargo pueden constituir una fuente de peligro para el público, tales como los aparatos destinados a ser utilizados por personas no instruidas en tiendas, en la industria ligera o en granjas, están comprendidos en el campo de aplicación de esta norma. En la medida de lo posible, esta norma trata de los riesgos ordinarios presentados por los aparatos que están al alcance de todo tipo de personas en el interior y alrededor del hogar. Sin embargo, en general, esta norma no tiene en cuenta: – personas (incluyendo niños) cuyas • capacidades físicas, mentales y sensoriales, o • falta de experiencia o conocimiento hace que no se les permita utilizar el aparato sin supervisión o instrucción. – los niños que juegan con el aparato; Debe ponerse atención sobre el hecho de que − para los aparatos destinados a ser utilizados en vehículos o a bordo de barcos o aviones, requisitos suplementarios pueden ser necesarios; − en numerosos países, requisitos suplementarios son especificados por los organismos nacionales de la salud, por los organismos nacionales responsables de la protección de los trabajadores y por organismos similares. Esta norma no se aplica − a los aparatos previstos exclusivamente para usos industriales; − a los aparatos destinados a ser utilizados en locales que presenten condiciones especiales, tales como la presencia de una atmósfera corrosiva o explosiva (polvo, vapor o gas); − a los aparatos para calentamiento de líquidos (Norma CEI 60335-2-15); − a los destructores de insectos (Norma CEI 60335-2-59); − a los aparatos de vapor para tejidos (Norma CEI 60335-2-85); − a los humidificadores (Norma CEI 60335-2-98).
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Reemplace el quinto párrafo que comienza con “En la medida de lo practicable,…” hasta “… niños jugando con el aparato” con lo siguiente: “Este documento trata sobre los riesgos previsibles razonablemente del uso previsto que presentan los aparatos a los que están expuestas todas las personas y los animales domésticos dentro y alrededor del hogar.” Convierta el párrafo que comienza con “Se llama la atención sobre…” en una nota.
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2026-enero-08
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El capítulo de la Parte 1 se sustituye por lo siguiente: Esta norma trata de la seguridad de los colchones ondol eléctricos para usos domésticos y análogos, cuya tensión asignada no es superior a 250 V incluyendo los alimentados por c.c o por baterías. Esta norma se aplica también a las unidades de control alimentadas con el aparato. Los aparatos no destinados a un uso doméstico normal, pero que sin embargo pueden constituir una fuente de peligro para el público, tal como los aparatos destinados a ser utilizados en las estaciones termales o por personas que se hospedan bajo temperaturas ambientes frías, entran dentro del campo de aplicación de esta norma. En la medida en que sea posible, esta norma trata de los riesgos ordinarios presentados por los aparatos que se encuentra cualquier individuo en el interior o en torno a la vivienda. Sin embargo, en general, esta norma no tiene en cuenta: – personas (incluyendo niños) cuyas • capacidades físicas, mentales y sensoriales, o • falta de experiencia o conocimiento hace que no se les permita utilizar el aparato sin supervisión o instrucción. – los niños que juegan con el aparato; Esta norma no se aplica a – los aparatos previstos exclusivamente para usos industriales; – a los aparatos destinados a ser utilizados en locales que presenten condiciones particulares, tal como la presencia de una atmósfera corrosiva o explosiva (polvo, vapor o gas); – a las mantas, almohadas y aparatos calefactores flexibles análogos (IEC 60335-2-17); – a los aparatos de calefacción de locales (IEC 60335-2-30); – a los calentadores para colches de agua (IEC 60335-2-66); – a los aparatos de calefacción eléctrica destinados a la reproducción y cría de animales (IEC 60335-2-71); – a los calentadores de pies y esteras calefactoras eléctricas (IEC 60335-2-81); – a las láminas calefactoras flexibles para la calefacción de locales (IEC 60335-2-96); – a las alfombras calefactoras y para unidades de calefacción para calentamiento de locales instaladas bajo recubrimientos de suelo amovibles (IEC 60335-2-106); – a los aparatos destinados a ser específicamente utilizados bajo supervisión médica (IEC 80601-2-35).
Comité: CTN 213/SC 61 (CTN 213/SC 61 Seguridad de los aparatos electrodomésticos y análogos)
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Fecha de cierre: 2026-enero-08
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Reemplace el cuarto párrafo que comienza con "En la medida de lo practicable, …" hasta "… niños jugando con el aparato" con lo siguiente: “Este documento trata sobre los peligros razonablemente previsibles del uso previsto que presentan los aparatos y que son encontrados por todas las personas y animales domésticos en y alrededor del hogar.” Convierta el párrafo que comienza con “Se llama la atención sobre…” en una nota.