Residuos

Comité: CTN 77 (CTN 77 Medio ambiente)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-diciembre-12
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Este documento especifica dos métodos para la determinación del carbono orgánico total (COT) en muestras de lodos, residuos biológicos tratados, suelos y residuos que contengan más del 0,1 % de carbono en relación con la materia seca (ms). Este documento está validado para varios tipos de matrices, tal y como se indica en la tabla 1 (véase también el anexo A para los resultados de la validación). Los resultados de este documento se expresan en % C en relación con la materia seca (ms). Tabla 1 — Matrices para las que este documento es aplicable y está validado Matriz Materiales utilizados para la validación Lodos Lodos municipales Residuos biológicos Compost, compost fresco Suelo Suelo enmendado con lodos, suelo agrícola Residuos Torta de filtración, cenizas de fondo, Lodos de galvanoplastia, lodos de dragado, Escombros NOTA Este método también puede aplicarse a otras matrices sólidas medioambientales, siempre que el usuario haya verificado su aplicabilidad. ADVERTENCIA: Las personas que utilicen este documento deben estar familiarizadas con las prácticas habituales de laboratorio. Este documento no pretende abordar todos los problemas de seguridad, si los hubiera, asociados a su uso. Es responsabilidad del usuario establecer prácticas adecuadas de seguridad y salud. IMPORTANTE: es absolutamente esencial que las pruebas realizadas de acuerdo con este documento sean llevadas a cabo por personal debidamente capacitado.
Comité: CTN 200/SC111 (CTN 200/SC111 Normalización medioambiental para productos y sistemas eléctricos y electrónicos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-diciembre-12
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El presente documento establece los requisitos generales para el tratamiento de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), excepto los destinados a la preparación para su reutilización. Los requisitos para el proceso de tratamiento destinado a la preparación para la reutilización se describen en la norma EN 50614:2020. El presente documento se complementa, por ejemplo, con normas que abarcan equipos específicos. NOTA 1 El presente documento tiene por objeto abarcar los RAEE procedentes de aparatos eléctricos y electrónicos enumerados en el anexo III de la Directiva 2012/19/UE. NOTA 2 A los efectos del presente documento, el tratamiento incluye las operaciones de valorización o eliminación, incluida la preparación previa a la valorización o eliminación. El presente documento se dirige a todos los operadores que participan en el tratamiento, incluidas las operaciones relacionadas con la manipulación, la clasificación y el almacenamiento de RAEE. El presente documento se aplica a los operadores que tratan RAEE y no RAEE en la misma instalación y en el mismo proceso, independientemente del volumen de las actividades relacionadas con los RAEE.