Sectores principales

Comité: CTN 78 (CTN 78 Industrias de la fundición)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento proporciona procedimientos específicos para la radiografía industrial de rayos X y gamma con fines de detección de discontinuidades, utilizando técnicas de END (ensayos no destructivos) con película. Esta parte de la Norma EN 12681 especifica los requisitos para los ensayos radiográficos con película de piezas de fundición. Después de su exposición y revelado, las películas se convierten en radiografía, con zonas de densidad óptica diferente. Las radiografías se observan y evalúan con la ayuda de iluminadores radiográficos industriales. Esta parte de la Norma EN 12681 especifica el procedimiento recomendado para la selección de las condiciones de operación y la práctica radiográfica. Estos procedimientos son aplicables a piezas fundidas producidas mediante cualquier proceso de fundición, especialmente acero, hierro fundido, aluminio, cobalto, cobre, magnesio, níquel, titanio, zinc y cualquier aleación de estos. NOTA: Este documento tiene en consideración la Norma EN ISO 5579. Este documento no se aplica a: — ensayos radiográficos de piezas fundidas para aplicaciones aeroespaciales (véase la Norma EN 2002-21); — ensayos radiográficos de uniones soldadas (véase la Norma EN ISO 17636-1); — radiografía con detectores digitales (véase la Norma EN 12681-2); — ensayos radioscópicos (véase la serie de Normas EN 13068).
Comité: CTN 78 (CTN 78 Industrias de la fundición)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento proporciona procedimientos específicos para la radiografía industrial de rayos X y gamma para la detección de discontinuidades, utilizando detectores digitales de imágenes de rayos X para ensayos no destructivos (END). Esta parte de la Norma EN 12681 especifica los requisitos para los ensayos radiográficos digitales mediante radiografía computarizada (CR) o radiografía con matrices de detectores digitales (DDA) de piezas fundidas. Los detectores digitales proporcionan una imagen digital del valor de gris que puede visualizarse y evaluarse mediante un ordenador. NOTA: Esta parte de la Norma EN 12681 cumple con la Norma EN 14784-2 para CR. Algunos capítulos y anexos se han tomado de la Norma EN ISO 17636-2. Esta parte de la Norma EN 12681 especifica el procedimiento recomendado para la selección de detectores y la práctica radiográfica. La selección del ordenador, el software, el monitor, la impresora y las condiciones de visualización es importante, pero no constituye el objetivo principal de este documento. El procedimiento especificado en este documento establece los requisitos mínimos para la práctica radiográfica que permiten la exposición y adquisición de imágenes digitales con una sensibilidad equivalente para la detección de imperfecciones a la de la radiografía en película, según se especifica en la Norma EN 12681-1. Este documento no considera las pruebas de aptitud radiográfica ni radioscópica para el propósito, tal como se aplican a piezas fundidas específicas según los requisitos y procedimientos internos del fabricante. Los requisitos de calidad de imagen en las pruebas de clase A y B del Anexo A consideran la buena calidad de la mano de obra para aplicaciones generales de fundición, como también se exige en la Norma EN 12681-1 para la radiografía en película. Las clases de prueba AA y BA reflejan los requisitos de calidad de los sistemas de prueba radiográfica automatizados y semiautomatizados actuales con DDA y evaluación de imagen por computadora o por operador, y tubos de mini enfoque o micro enfoque (tamaño de punto ≤ 1 mm) con requisitos reducidos de nitidez, pero sin cambios en la sensibilidad al contraste, como también se exige en la Norma EN 12681-1 para la radiografía en película. Los procedimientos especificados son aplicables a piezas fundidas producidas mediante cualquier proceso de fundición, especialmente aceros, fundiciones, aluminio, cobalto, cobre, magnesio, níquel, titanio, zinc y sus aleaciones. Este documento no se aplica a: — el ensayo de uniones soldadas (véase la Norma EN ISO 17636-2); — la radiografía de película (véase la Norma EN 12681-1); — el ensayo en tiempo real con radioscopia (véase la Norma EN 13068-1; radioscopia con intensificadores de imagen).
Comité: CTN 77/SC 1 (CTN 77/SC 1 Agua)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento es aplicable al sulfato de hierro (III) sólido utilizado para el tratamiento del agua destinada al consumo humano. Describe las características del sulfato de hierro (III) sólido y especifica los requisitos y los métodos analíticos correspondientes para el sulfato de hierro (III) sólido, además de proporcionar información sobre su uso en el tratamiento del agua. También establece las reglas de seguridad relativas a la manipulación (Anexo B) y el uso del sulfato de hierro (III) sólido (Anexo A).
Comité: CTN 34/SC 9 (CTN 34/SC 9 Cereales y productos derivados)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Esta parte de la Norma ISO 21415 describe un método para la determinación del contenido de gluten húmedo y del índice de gluten en las harinas de trigo (Triticum aestivum L. y Triticum durum Desf.) por medios mecánicos. Este método puede aplicarse directamente sobre harinas. También se aplica sobre trigo común y trigo duro después de haber sido molidos, siempre que la distribución de tamaños de sus partículas cumpla las especificaciones descritas en la tabla B.1.
Comité: CTN 135 (CTN 135 Equipamientos viales)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento proporciona orientación sobre los principios y métodos para determinar las fuerzas debidas a la colisión de un vehículo errante contra un sistema de contención de vehículos a considerar en el proyecto de puentes y poder clasificar el sistema de contención de vehículos respecto a la carga.
Comité: CTN 320 (CTN 320 Ciberseguridad y protección de datos personales)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento contiene recomendaciones sobre cómo integrar el principio de 'protección de datos y privacidad por diseño' durante todo el ciclo de vida de productos y servicios de control de acceso biométrico, con el fin de lograr 'protección de datos y privacidad por defecto'. NOTA 1 El RGPD requiere la integración efectiva de salvaguardas de protección de datos en el procesamiento de datos personales (Artículo 25). NOTA 2 El control de acceso biométrico incluye tarjetas y pasaportes, comparaciones biométricas en tarjeta, en bases de datos y una combinación de ambas, así como comparaciones uno-a-uno y uno-a-muchos (y muchos-a-muchos). NOTA 3 El control de acceso biométrico se utiliza en el trabajo y control fronterizo, así como en combinación con tarjetas y PINs y en servicios online y móviles. El reconocimiento facial para control de acceso está cubierto por este documento. Este documento extiende la norma EN 17529. Este documento se aplica a aspectos de protección de datos y privacidad por diseño. Este documento no es aplicable a aspectos no biométricos del control de acceso, o a aspectos que no se relacionen con la protección de datos o privacidad. NOTA 4 En general, la biometría está cubierta, por ejemplo, por ISO/JTC 1/SC 37 y CEN/TC 224/WG 18.
Sectores: Juguetes
Comité: CTN 172/SC 1 (CTN 172/SC 1 Juguetes)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento ofrece orientación sobre los requisitos de los juguetes que pueden considerarse una imitación realista de alimentos, para ayudar a los usuarios de la Norma FprEN 71-1:-. Este documento sólo pretende ayudar a los usuarios a distinguir si un producto de juguete, que imita alimentos de alguna manera, puede considerarse una imitación realista de alimentos de acuerdo con el apartado 4.28 de dicha norma. Este documento no pretende determinar si un producto es un juguete o no y no pretende identificar ningún peligro asociado a un juguete en particular.
Sectores: Botellas de gas
Comité: CTN 62/SC 8 (CTN 62/SC 8 Industrias del petróleo y gas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento especifica los procedimientos operativos y las mejores prácticas a la hora de comprobar los bastidores de transporte de cilindros de GLP antes y durante la carga y descarga, antes de que los vehículos salgan a la carretera y en cualquier parada durante el trayecto. Este documento se aplica a los bastidores que contienen cilindros de GLP recargables transportables con una capacidad de agua de 0,5 l hasta 150 l inclusive. Este documento se aplica a los siguientes equipos: — estructura/armazón del bastidor; — cierres del bastidor; — equipos o accesorios de fijación del bastidor al vehículo. Este documento se aplica a las comprobaciones realizadas: — en plantas de llenado de cilindros y depósitos; — o en instalaciones de fabricación y/o renovación de cilindros; — o en cualquier lugar donde se utilicen o trasladen bastidores. Este documento también proporciona orientación y ejemplos para los procedimientos de mantenimiento y reparación de bastidores, incluidos los criterios de rechazo y el establecimiento de procedimientos operativos. Los bastidores de transporte también se denominan palés o estantes (véase el capítulo 3). Este documento no cubre el diseño y la fabricación de bastidores. Este documento no se aplica a los bastidores de exposición en los puntos de venta.
Comité: CTN 111 (CTN 111 Aparatos y dispositivos médicos y quirúrgicos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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1.1 Inclusiones Este documento especifica los requisitos para el desarrollo, validación y control rutinario de un proceso de esterilización por óxido de etileno (OE) para productos sanitarios, tanto en el ámbito industrial como en el sanitario, y reconoce las similitudes y diferencias entre ambas aplicaciones. Entre las similitudes se encuentra la necesidad común de sistemas de la calidad, formación del personal y medidas de seguridad adecuadas. Las principales diferencias están relacionadas con las condiciones físicas y organizativas únicas de los centros sanitarios y con el estado inicial de los productos sanitarios reutilizables que se presentan para su esterilización. Aunque el alcance de este documento se limita a los productos sanitarios, los requisitos y las orientaciones pueden aplicarse a otros productos sanitarios. 1.2 Exclusiones 1.2.1 Este documento no especifica los requisitos para el desarrollo, la validación y el control de rutina de un proceso para inactivar los agentes causantes de las encefalopatías espongiformes, como el prurigo lumbar, la encefalopatía espongiforme bovina y la enfermedad de Creutzfeldt-Jakob, que se tratan en la Norma ISO 22442-3. 1.2.2 Este documento no detalla un requisito específico para designar un producto sanitario como estéril. 1.2.4 Este documento no especifica requisitos para la seguridad laboral asociada al diseño y funcionamiento de las instalaciones de esterilización por OE. 1.2.5 Este documento no cubre la esterilización por inyección de OE o mezclas que contengan OE directamente en paquetes o en una cámara flexible. NOTA Véase la Norma ISO 14937 para la validación de estos tipos de procesos de OE. 1.2.6 Este documento no cubre los métodos analíticos para determinar los niveles de OE residual y sus productos de reacción. NOTA Para más información, véase la Norma ISO 10993-7.
Comité: CTN 172/SC 2 (CTN 172/SC 2 Articulos de puericultura)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Este documento especifica los requisitos de seguridad relativos a los materiales, construcción, comportamiento, envasado y etiquetado de los cubiertos, utensilios para la alimentación y comederos. En el campo de aplicación de este documento se incluyen todos los productos destinados al uso de niños de hasta 48 meses, para que coman ellos solos o con la ayuda de otra persona. Esto incluye productos que tienen una función primaria diferente pero una función secundaria pensada para permitir que un niño utilice el producto para comer solo o con la ayuda de otra persona. Este documento no se aplica a recipientes de comida preparada, a los recipientes destinados únicamente al almacenamiento, ni a cubiertos, utensilios para la alimentación y comederos diseñados para aplicaciones médicas especializadas o para el uso bajo supervisión médica (B.1). Este documento no se aplica a los cubiertos, utensilios de alimentación y comederos de un solo uso. Este documento incluye métodos de ensayo para los requisitos mecánicos y químicos especificados, así como requisitos relativos a la información sobre el producto. Este documento no se aplica a los utensilios para beber (biberones, tetinas, pitorros y tazas), que se cubren en la Norma EN 14350:2020+A1:2023.
Comité: CTN 202/SC 31 (CTN 202/SC 31 Material eléctrico para atmósferas explosivas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Esta norma europea especifica los requisitos para la compatibilidad electromagnética (CEM) de los aparatos de detección y medición de gases combustibles, gases tóxicos u oxígeno, los cuales están sujetos a las normas funcionamiento de aparatos de detección de gas.
Por ejemplo EN IEC 62990-1, EN 50104, EN 50194 (en todas sus partes), EN 50291 (en todas sus partes), EN 50379 (en todas sus partes), EN 50543, EN 50545-1, EN 60079-29-1 o EN 60079-29-4.
NOTA A los efectos de esta norma, la palabra «tóxico» abarca los términos «muy tóxico», «tóxico», «nocivo», «corrosivo», «irritante», «sensibilizante», «cancerígeno», “mutágeno” y «teratógeno».
Este documento se aplica a los aparatos destinados a ser utilizados en entornos residenciales, comerciales y de industria ligera, así como a los aparatos destinados a ser utilizados en entornos industriales, e incluye aparatos alimentados por CA, CC51 o batería.
Este documento también es aplicable a los aparatos destinados a utilizarse en zonas peligrosas que puedan contener atmósferas explosivas o potencialmente explosivas. 
Este documento es una norma de producto que se basa en la norma de familia de producto EN IEC 61326-1. prEN 50270:2025 tiene prioridad sobre la norma de familia de producto y sobre las normas genéricas.
Este documento se aplica a los aparatos eléctricos de detección y medida de gases combustibles, gases tóxicos u oxígeno que incluyen funciones especificadas por el fabricante como funciones de seguridad y puede incluir funciones especificadas como no funciones de seguridad.
Todas las normas de rendimiento para la detección y medición de gases combustibles, gases tóxicos u oxígeno incluyen los requisitos mínimos de seguridad funcional especificados en la norma EN 50271. También existen detectores de gas 
y sistemas de detección de gas destinados a utilizarse con niveles de integridad de seguridad SIL 1 a SIL 3 según EN 50402 y EN 61508 (todas las partes). Para la seguridad funcional en aplicaciones industriales, este documento 
ha tenido en cuenta los aspectos de la norma EN IEC 61326-3-2 relativos a la función de medición y aviso del aparato definida como función de seguridad.
Este documento especifica los requisitos para las pruebas de inmunidad en relación con las perturbaciones continuas y transitorias, conducidas y radiadas, incluidas las descargas electrostáticas, y también para los requisitos de emisión. Los requisitos de ensayo se especifican para cada puerto definido.
Esta norma europea no se aplica a ninguno de los siguientes aparatos:
– aparatos destinados a la detección de polvos o nieblas en el aire;
– aparatos científicos o de laboratorio utilizados solamente para análisis o medición;
– aparatos utilizados exclusivamente para uso en procesos de medida;
– aparatos para usos médicos;
– aparatos destinados a la medida de alcohol mediante aire inspirado
– aparatos destinados para medida directa de gases de escape de automoción.

Comité: CTN 100 (CTN 100 Climatización)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Esta norma tiene por objeto fijar los criterios a seguir para el cálculo y diseño de los sistemas de ventilación de los aparcamientos y garajes. Esta norma no es de aplicación a los talleres, estacionamientos de vehículos destinados al servicio de transporte de personas y transporte de mercancías, estaciones de autobuses y otros por transitar por ellos vehículos que generan un rango de concentraciones de gases muy diversos, además de poder operar en el interior del aparcamiento o garaje de forma distinta a la prevista en esta norma. Sin embargo, esta norma puede utilizarse como guía para establecer los criterios necesarios para estos usos específicos u otros relacionados. Esta norma se aplica a aparcamientos y garajes utilizados mayoritariamente por vehículos propulsados por combustibles líquidos en condiciones atmosféricas. Para aparcamientos y garajes utilizados mayoritariamente por otra tipología de vehículos, esta norma puede utilizarse como guía para establecer los criterios necesarios para el cálculo y diseño de sus sistemas de ventilación. En esta norma, los sistemas de ventilación en aparcamientos tienen cinco objetivos principales, 1) Extraer el humo generado durante el incendio, evitando la formación de zonas de estancamiento de aire, ayudando a reducir su densidad y temperatura, y permitir una eliminación del humo más rápida una vez extinguido, de acuerdo con una estrategia Tipo D del Reglamento de Instalación de Protección Contra Incendios vigente. 2) Mantener unos niveles de concentración de gases contaminantes generados por los vehículos que circulan por su interior por debajo de los límites nocivos para la salud evitando la formación de zonas de estancamiento de aire. 3) Aumentar la eficiencia energética del sistema para que sea capaz de proporcionar un caudal adaptado a las necesidades en cada momento. 4) Minimizar los riesgos de explosión por acumulación de gases combustibles de vehículos de gasolina y diésel. 5) Aumentar la economía del sistema de ventilación del aparcamiento integrando los cuatro objetivos anteriores (extracción del humo de incendio, concentración de gases contaminantes, eficiencia energética y minimizar riesgo de explosión) en un único sistema de ventilación que sirva para cumplir con los cuatro objetivos anteriores. NOTA El uso de otros procedimientos de diseño distintos a los expuestos en esta norma podría también llegar a satisfacer los mismos objetivos en un grado equivalente o superior. Herramientas como los programas de simulación numérica (CFD) pueden ayudar a evaluar el grado de desempeño del sistema de ventilación. Esta norma no es de aplicación para los aparcamientos robotizados. Para alturas libres en cada planta del aparcamiento superiores a 5 m, alternativamente a los métodos descritos en esta norma en cuanto al cálculo y diseño de la extracción de humo en caso de incendio, se puede utilizar el método descrito en la Norma UNE 23585 para una estrategia tipo A del RIPCI. Esto no excluye, para estos aparcamientos, del cumplimiento del resto de requisitos de esta norma para satisfacer los demás objetivos de la misma.
Sectores: Elastómeros
Comité: CTN 53/SC 1 (CTN 53/SC 1 Elastómeros)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Esta norma internacional especifica dos métodos para la identificación de cauchos, incluyendo elastómeros termoplásticos, tanto en bruto como formando mezclas vulcanizadas o no vulcanizadas. El primer método se basa en el análisis por espectrometría infrarroja usando la técnica de transmisión. El segundo método usa el análisis por reflectancia. El anexo A muestra una comparación de los espectros resultantes de la reflectancia (reflectancia total atenuada ATR) y transmisión (película). Ambos métodos comprenden el análisis de los polímeros por sus productos de pirólisis (pirolizados), o por películas obtenidas a partir de sus soluciones o por moldeo (solo para cauchos en bruto). El anexo B muestra los espectros típicos. El principio de los métodos implica que la preparación de la muestra y el análisis de los espectros infrarrojos sean realizados por personal experimentado y que el equipamiento empleado para la obtención de los espectros sea utilizado de acuerdo con las instrucciones del fabricante para un rendimiento óptimo. Los detalles del funcionamiento de los espectrómetros infrarrojos no están incluidos en esta norma internacional. Los métodos especificados son únicamente cualitativos.
Sectores: Cables
Comité: CTN 211/SC 20A (CTN 211/SC 20A Cables de utilización por compañías eléctricas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Esta norma especifica los métodos y requisitos de ensayo de los sistemas de cables con aislamiento extruido y de sus accesorios para instalaciones fijas, para tensiones asignadas superiores a 150 kV (Um = 170 kV) hasta 500 kV (Um = 550 kV) inclusive. Los requisitos son aplicables a los cables unipolares y a sus accesorios, en condiciones normales de instalación y servicio, pero no son aplicables a cables especiales y a sus accesorios, tales como cables submarinos, para los que podría ser necesario aportar modificaciones en los ensayos normales o elaborar condiciones especiales de ensayo. Esta norma no cubre los empalmes de transición entre cables con aislamiento extruido y cables con aislamiento de papel.
Sectores: Cables
Comité: CTN 211/SC 20A (CTN 211/SC 20A Cables de utilización por compañías eléctricas)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-08
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Esta norma especifica las características que deben reunir, el diseño, la fabricación, el suministro y los ensayos que han de superar los cables (y sistema de cable) unipolares de tensión asignada, 127/220 (245) kV y 220/400 (420) kV, con aislamiento seco de polietileno reticulado (XLPE) y cubierta de compuesto de poliolefina o de polietileno. Los tipos de cable incluidos en esta parte de la norma son: Tipo 1: Cable con cubierta de compuesto de poliolefina o de polietileno, sin propiedades especiales ante la reacción al fuego. Tipo 2: Cable con cubierta de compuesto de poliolefina con bajo contenido de halógenos y con propiedades especiales ante la reacción al fuego. La clase mínima de reacción al fuego es Eca. Tipo 3: Cable con cubierta de compuesto de poliolefina con bajo contenido de halógenos y con propiedades especiales ante la reacción al fuego. La clase mínima de reacción al fuego es Cca-s1b,d2,a1. La definición de las prestaciones respecto a la reacción al fuego de los cables objeto de esta norma se ha hecho de acuerdo al Reglamento Delegado (UE) 2016/364 de la Comisión, de 1 de julio de 2015, relativo a la clasificación de las propiedades de reacción al fuego de los productos de construcción de conformidad con el Reglamento (UE) Nº 305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Comité: CTN 83/SC 3 (CTN 83/SC 3 Ensayos de hormigón)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-septiembre-18
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Esta norma tiene por objeto describir los métodos de ensayo apropiados para determinar la cantidad de agua de amasado que refluye a la superficie, una vez colocado el hormigón fresco dentro del molde o encofrado.