Sectores principales

Comité: CTN 28/SC 3 (CTN 28/SC 3 Sistemas aeroespaciales)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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La serie EN 4500 especifica las reglas para la redacción y presentación de normas sobre materiales metálicos para aplicaciones aeroespaciales. Esta Parte 004 especifica las “Reglas específicas para titanio y aleaciones de titanio”.
Comité: CTN 28/SC 3 (CTN 28/SC 3 Sistemas aeroespaciales)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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La serie EN 4500 especifica las reglas para la redacción y presentación de normas sobre materiales metálicos para aplicaciones aeroespaciales. E sta Parte 005 especifica las “Reglas específicas para aceros”.
Comité: CTN 28/SC 3 (CTN 28/SC 3 Sistemas aeroespaciales)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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La serie EN 4500 especifica las reglas para la redacción y presentación de estándares de materiales metálicos para aplicaciones aeroespaciales. Esta Parte 006 especifica las “Reglas específicas para metales de aportación para soldadura fuerte”.
Comité: CTN 333 (CTN 333 Pasaporte digital de producto. Marco y sistema)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento define los requisitos y marcos para el procesamiento y la comunicación seguros de la información con el fin de salvaguardar la integridad, la autenticidad y la fiabilidad en el intercambio de datos del pasaporte digital de un producto (DPP), minimizando el fraude y la falsificación de productos mediante mecanismos de verificación de datos y de aplicación de la integridad. Este documento proporciona un marco para establecer la confianza, la interoperabilidad y la interoperación a través de una estructura de datos firmada electrónicamente de forma segura (ESDC) para aplicaciones con múltiples actores, aplicable en diversos sectores y en entornos multilingües. Se deben tener en cuenta los sistemas de hardware y software existentes para la identificación única de productos y el almacenamiento de dicha identificación. Lo siguiente queda fuera del alcance de este documento: la arquitectura del sistema para el DPP, los casos de uso del DPP, los elementos seguros relacionados con los soportes de datos y las características de seguridad criptográfica para los identificadores únicos de productos. NOTA 1 Sin alterar los sistemas de trazabilidad y autenticación existentes, este documento facilita la interoperabilidad mediante la introducción de un esquema ESDC que se combinará con las estructuras de datos existentes para abarcar y preservar los modelos de datos actuales. NOTA 2 El anexo A incluye ejemplos ilustrativos y referencias a implementaciones de apoyo, con el fin de demostrar enfoques que promueven la interoperabilidad en diversos entornos. Estas referencias se proporcionan para ayudar a las partes interesadas a seleccionar soluciones adecuadas que cumplan con las obligaciones legales y las normas técnicas aplicables, al tiempo que se preservan los sistemas existentes.
Comité: CTN 93 (CTN 93 Consumidores)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Esta norma especifica los requisitos de seguridad y los métodos de ensayo para lámparas de aceite usadas con fines decorativos en hogares, restaurantes, instalaciones recreativas y zonas similares. Esta norma especifica los requisitos y métodos de ensayo para cartuchos destinados a formar lámparas de aceite con fines decorativos en combinación con otros accesorios. Esta norma abarca lámparas de aceite decorativas recargables y no recargables. Esta norma no se aplica a las lámparas de aceite destinadas a ser una fuente principal de luz o con fines funcionales (por ejemplo, iluminación para barcos, refugios de montaña y seguridad en obras de construcción de carreteras). El objetivo de esta norma es minimizar el riesgo de intoxicación accidental de niños pequeños de hasta tres años de edad, limitando el acceso al aceite de la lámpara.
Comité: CTN 82/SC 4 (CTN 82/SC 4 Metrologia electrica)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este capítulo de la Parte 1 es aplicable, excepto lo que sigue: 1.1.1 Equipos incluidos en el campo de aplicación Sustitución: Sustituya el segundo párrafo por el siguiente: Esta Parte 2 de la norma IEC 61010 especifica requisitos de seguridad particulares para los siguientes tipos a) a c) de equipos eléctricos y sus accesorios, independientemente del lugar en que se vayan a utilizar, siempre que dichos equipos incorporen SISTEMAS DE REFRIGERACIÓN como parte integrante del equipo o separados de él, y el equipo controle directamente el SISTEMA DE REFRIGERACIÓN SISTEMA. También detalla los requisitos para los SISTEMAS DE REFRIGERACIÓN STIRLING. Los equipos incluidos en el ámbito de aplicación de este documento emplean medidas de mitigación de riesgos para las siguientes construcciones: sistemas de CO2, sistemas de refrigerantes no inflamables, sistemas de refrigerantes inflamables con menos de 150 g y refrigerantes inflamables con menos de 13 LFL. Adición: dd) Este documento aborda todos los sistemas de refrigeración y sus componentes y tuberías asociados que utilizan refrigerantes gaseosos o líquidos o mezclas de refrigerantes indicados en la norma ISO 817. Los equipos a presión, los conjuntos y sus componentes por debajo o iguales a los límites establecidos en los puntos (A) para los recipientes y (B) para las tuberías, respectivamente, se diseñarán y fabricarán de acuerdo con las buenas prácticas de ingeniería descritas en este documento. Los fluidos con las indicaciones de peligro H220 y H221 se consideran fluidos del grupo 1, en los que la temperatura máxima admisible es superior al punto de inflamación, y las sustancias y mezclas con una temperatura máxima admisible TS que supera el punto de inflamación del fluido. Los fluidos incluidos en el grupo 2 («fluidos no peligrosos») son fluidos sin riesgo o con otros riesgos no mencionados anteriormente asociados a ellos. En el anexo GG de este documento se puede encontrar una lista detallada. A) Límites para los recipientes Esto incluye gases, gases licuados, gases disueltos a presión, vapores y aquellos líquidos cuya presión de vapor a la temperatura máxima admisible es > 0,5 bar por encima de la presión atmosférica normal (1 013 mbar) dentro de los límites detallados en la tabla CC.1 del anexo CC de este documento. B) Límites para las tuberías 10 Esto incluye los líquidos que tienen una presión de vapor a la temperatura máxima permitida ≤ 0,5 bar por encima de la presión atmosférica normal (1 013 mbar) dentro de los límites detallados en la tabla CC.2 del anexo CC de este documento. Adición: Añádase el siguiente texto después del último párrafo: NOTA 101 Entre los ejemplos de EQUIPOS DE REFRIGERACIÓN se incluyen, entre otros, los equipos de laboratorio, como refrigeradores de laboratorio, congeladores y vitrinas refrigeradas. Es posible que todo o parte del equipo entre dentro del ámbito de aplicación de una o más normas de la Parte 2 de la IEC 61010, así como dentro del ámbito de aplicación de esta norma. En ese caso, también se aplicarán los requisitos de esas otras normas de la Parte 2. En particular, si el equipo está destinado a ser utilizado como centrífuga, se aplicarán los requisitos de la norma IEC 610102020 . Sin embargo, cuando el equipo incorpora un sistema de refrigeración y una función de calefacción en la que la combinación de ambos introduce PELIGROS adicionales o más graves que si se trataran por separado, es posible que sea aplicable la norma IEC 61010-2-012 en lugar de esta Parte 2-011. Véase más información en el diagrama de flujo (Figura 102) para el proceso de selección y orientación en la Introducción. 1.1.2 Equipos excluidos del ámbito de aplicación Adición: Añádase lo siguiente después de d) Este documento no se aplica a: - la evaluación de dispositivos o componentes de seguridad para presión - equipos o componentes que superen los límites establecidos en 1.1.1, ya que se aplican requisitos adicionales y la legislación nacional o internacional puede establecer requisitos adicionales. - Cámaras walk-in - Equipos con refrigerantes inflamables cuya mitigación de riesgos supere lo contemplado en este documento. 1.2 Objeto 1.2.1 Aspectos incluidos en el ámbito de aplicación Sustitución: Sustituir el primer párrafo por el siguiente: El objeto de este documento es garantizar que el diseño y los métodos de construcción de los EQUIPOS DE REFRIGERACIÓN proporcionen una protección adecuada a los OPERADORES, a las personas que se encuentren cerca, al personal de servicio cualificado y al área circundante contra los PELIGROS específicos relacionados con los SISTEMAS DE REFRIGERACIÓN. Adición: NOTA 101 En el anexo BB se incluye una lista de los PELIGROS típicamente asociados a los SISTEMAS DE REFRIGERACIÓN y los REFRIGERANTES. NOTA 102 Para la UE, los componentes del sistema sellado pueden considerarse recipientes a presión o tuberías de conformidad con la DIRECTIVA SOBRE EQUIPOS A PRESIÓN (PED) 2014/68/UE. Esta norma se refiere a los equipos Esta norma se refiere a equipos que pertenecen a la categoría ≤ I de la PED y, por lo tanto, quedan excluidos del ámbito de aplicación de la PED de conformidad con el artículo 4, apartado 3. Consulte el anexo CC para obtener orientación sobre la categoría de presión aplicable a los recipientes (anexo CC.1) o a las tuberías (anexo CC.2). Los equipos o componentes clasificados por encima de la categoría I y que funcionen a este nivel de clasificación deberán cumplir requisitos adicionales (como la norma EN 378-2, sin excluir normas alternativas). Estos requisitos adicionales no están cubiertos por esta norma. Sin embargo, el método básico aplicado en esta norma se ajusta al método para cumplir dichos requisitos adicionales.
Comité: CTN 82/SC 4 (CTN 82/SC 4 Metrologia electrica)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este capítulo de la Parte 1 es aplicable, excepto de la siguiente manera: 1.1.1 Equipos incluidos en el objeto y campo de aplicación: Sustitución: Sustituir el segundo párrafo por el siguiente: Esta parte de la norma IEC 61010 especifica los requisitos de seguridad para los equipos eléctricos y sus accesorios dentro de las categorías a) a c), independientemente del lugar en que se vayan a utilizar, siempre que dichos equipos incorporen una o varias de las siguientes características: – UN SISTEMA DE REFRIGERACIÓN que se vea afectado o influido por una función de calefacción integrada, de modo que la combinación del sistema de calefacción y el SISTEMA DE REFRIGERACIÓN genere y/o más graves que los de los dos sistemas tratados por separado, y cuando contenga o esté destinado a utilizarse con fluidos peligrosos, ya sean inflamables o estén a alta presión, de tal manera que se produzcan PELIGROS adicionales y/o más graves que los de los fluidos no peligrosos. – Los materiales que se tratan en la aplicación prevista introducen un calor significativo (TEMPERATURA CONTROLADA) en el SISTEMA DE REFRIGERACIÓN, de modo que el SISTEMA DE REFRIGERACIÓN en la aplicación produce RIESGOS adicionales y/o más graves que los del SISTEMA DE REFRIGERACIÓN si se utiliza solo a la temperatura ambiente ASIGNADA máxima. Este documento detalla los requisitos para los equipos con sistemas de presión fluida cuando contienen o están destinados a utilizarse con a) REFRIGERANTES no inflamables sin límite de carga, incluido el R-744 (CO2), tanto en estado subcrítico como transcrítico, y b) REFRIGERANTES INFLAMABLES en los que una sola ruptura del CIRCUITO REFRIGERANTE puede dar lugar a la liberación total o parcial de la CARGA DE REFRIGERANTE en un ESPACIO OCUPADO, con una CARGA MÁXIMA DE REFRIGERANTE mc limitada, o una CARGA DE REFRIGERANTE LIBERABLE mrl de hasta 13×LFL, y c) REFRIGERANTE INFLAMABLE cuando una sola rotura del CIRCUITO DE REFRIGERANTE no provoca una fuga de REFRIGERANTE a un ESPACIO OCUPADO, por ejemplo, en el caso de bombas de calor de líquido a líquido, bombas de calor de líquido a gas y CIRCULADORES de refrigeración y/o calefacción, no se requiere una CARGA MÁXIMA DE REFRIGERANTE ni una SUPERFICIE MÍNIMA DE SUELO. Adición: Añádase el siguiente texto después del último párrafo: NOTA 101 Entre los ejemplos de este tipo de equipos se incluyen las CÁMARAS DE ENSAYO refrigeradas y calefactoras, los CIRCULADORES con calefacción integrada y los enfriadores/refrigeradores de recirculación para extraer calor por encima de las temperaturas ambiente máximas. NOTA 102 Pueden aplicarse leyes y reglamentos nacionales y regionales. Algunos ejemplos son, entre otros, la Directiva sobre equipos a presión PED 2014/68/UE, el Código de Calderas y Recipientes a Presión (BPVC) de ASME, EE. UU., etc. Es posible que todo o parte del equipo entre dentro del ámbito de aplicación de una o más normas de la Parte 2 de la IEC 61010, así como dentro del ámbito de aplicación de este documento. En ese caso, también se aplican los requisitos de esas otras normas de la Parte 2. Este documento está destinado a aplicarse cuando se introducen uno o más de los PELIGROS adicionales descritos en los elementos enumerados anteriormente con líneas discontinuas. Sin embargo, cuando el equipo incorpora solo un SISTEMA DE REFRIGERACIÓN o solo una función de calefacción o una combinación de ambos 707 sin introducir los PELIGROS adicionales descritos en la lista anterior, se aplicará la norma IEC 61010-2-011 o la norma IEC 61010-2-010 o ambas, según corresponda, en lugar de esta Parte 2-012. Véase más información en el diagrama de flujo (Figura 102) para el proceso de selección y orientación en la Introducción. NOTA 103 El término del punto 3.1.107 y el Anexo BB proporcionan la definición y los requisitos para la protección de las personas que se encuentran dentro de los EQUIPOS DE ACCESO. 1.1.2 Equipos excluidos del ámbito de aplicación Adición: Añádase lo siguiente después del punto j): aa) equipos para la calefacción, refrigeración y ventilación de laboratorios; bb) equipos de esterilización (IEC 61010-2-040); cc) la evaluación de dispositivos o componentes de seguridad para equipos a presión; dd) equipos o componentes que superen los límites de la tabla CC.1 o la tabla CC.2, ya que se aplican requisitos adicionales y la legislación nacional o internacional puede establecer requisitos adicionales; ee) EQUIPOS DE ACCESO que forman parte del edificio; ff) equipos de laboratorio para mezclar y agitar según la norma IEC 61010-2-051; gg) equipos con REFRIGERANTES INFLAMABLES con mitigación de riesgos más allá de lo que se cubre en este documento. 1.2 Objeto 1.2.1 Aspectos incluidos en el ámbito de aplicación Adición: Añádase lo siguiente después del punto g): aa) riesgos biológicos (véase 13.101); bb) sustancias químicas peligrosas (véase 13.102). Adición: Añádase la siguiente nota después de la nota existente: NOTA 101 En la Introducción se incluye una lista de los PELIGROS típicamente asociados con los ensayos climáticos y medioambientales y otros equipos de acondicionamiento de temperatura . NOTA 102 Para la UE, los componentes del sistema sellado pueden considerarse recipientes a presión o tuberías de acuerdo con la DIRECTIVA SOBRE EQUIPOS A PRESIÓN (PED) 2014/68/UE. Este documento se refiere a los equipos que son de categoría PED ≤ I y, por lo tanto, están excluidos del ámbito de aplicación de la PED de acuerdo con el artículo 4 (3). Consulte el anexo CC para obtener orientación sobre la categoría de presión aplicable a los recipientes (tabla CC.1) o las tuberías (tabla CC.2). Los equipos o componentes clasificados por encima de la categoría I y que funcionen a este nivel de clasificación deberán cumplir requisitos adicionales (como la norma EN 378-2, sin excluir normas alternativas). Estos requisitos adicionales no se tratan en el presente documento. Sin embargo, los r
Comité: CTN 209/SC 48 (CTN 209/SC 48 Componentes electromecánicos y estructuras mecánicas para equipos electrónicos)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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El proyecto de norma europea no contiene este capítulo.
Comité: CTN 77/SC 1 (CTN 77/SC 1 Agua)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento especifica un método para la determinación del nitrógeno amoniacal (NH4-N) en agua potable, aguas subterráneas, aguas superficiales, aguas residuales, aguas de baño y aguas minerales utilizando el método de tubo sellado a pequeña escala. El resultado puede expresarse como NH4 o NH4-N o NH3 o NH3-N. NOTA 1 En el uso habitual del lenguaje relacionado con el tratamiento de aguas residuales y en las pantallas de los fotómetros o espectrofotómetros automáticos de tubo sellado, NH4 sin indicación de la carga positiva se ha convertido en la notación común para el parámetro amonio. Esta notación se adopta en este documento aunque la nomenclatura química no sea del todo correcta. Este método es aplicable a rangos de concentración de (NH4-N) de 0,01 mg/l a 1 800 mg/l de NH4-N. Los rangos de medición de la concentración pueden variar en función del tipo de método de tubo sellado a pequeña escala de los diferentes fabricantes. No pueden considerarse como resultados precisos las concentraciones incluso ligeramente superiores al límite superior indicado en el manual del fabricante en relación con el método de tubo sellado a pequeña escala utilizado. Corresponde al usuario elegir la prueba de tubo sellado a pequeña escala con el rango de aplicación adecuado o adaptar las muestras con concentraciones que superen el rango de medición de una prueba mediante una dilución preliminar. NOTA 2 Los resultados de un tubo sellado a pequeña escala son más precisos en el centro del rango de aplicación de la prueba. Todos los métodos de los fabricantes se basan en la reacción de Berthelot y sus modificaciones para desarrollar el color azul de indofenol. Las mezclas de reactivos pueden diferir ligeramente en función del método de tubo sellado a pequeña escala de los fabricantes, véase el Capítulo 9. Este método es aplicable a muestras no conservadas mediante el uso de tubos sellados a pequeña escala para la determinación de agua potable, agua subterránea, agua superficial, aguas residuales y a muestras conservadas. El método es aplicable a muestras con materiales en suspensión si estos materiales son eliminables por filtración.
Comité: CTN 77/SC 1 (CTN 77/SC 1 Agua)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento especifica un método para la determinación de nitrato como NO3-N en agua de diversos orígenes, tales como agua natural (incluida agua subterránea, agua superficial y agua de baño), agua potable y aguas residuales, en un rango de medición de concentración entre 0,10 mg/l y 225 mg/l de N03-N utilizando el método del tubo sellado a pequeña escala. Pueden ser necesarios diferentes rangos de medición de los métodos del tubo sellado a pequeña escala. Los rangos de medición pueden variar en función del tipo de método de tubo sellado a pequeña escala de los diferentes fabricantes. Corresponde al usuario elegir la prueba de tubo sellado a pequeña escala con el rango de aplicación adecuado o adaptar las muestras con concentraciones que superen el rango de medición de una prueba mediante una dilución previa. NOTA 1 Los resultados de una prueba de tubo sellado son más precisos en el centro del rango de aplicación de la prueba. Los métodos de tubo sellado a pequeña escala de los fabricantes se basan en la reacción cromática del dimetilfenol, dependiendo del procedimiento operativo típico del tubo sellado a pequeña escala utilizado, véase la cláusula 9. NOTA 2 Las leyes, reglamentos o normas pueden exigir que los datos se expresen como NO3- después de la conversión con el factor de conversión estequiométrico 4,426 81 del Capítulo 11. NOTA 3 En el lenguaje habitual, en el tratamiento de aguas residuales y en las pantallas de los dispositivos automatizados de ensayo en tubo sellado, el NO3 sin indicación de la carga negativa se ha convertido en la notación común para el parámetro nitrato y, en especial, para el parámetro nitrato-N. Esta notación se adopta en este documento aunque la nomenclatura química no es del todo correcta.
Comité: CTN 77/SC 1 (CTN 77/SC 1 Agua)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento especifica un método para la determinación de nitratos como NO3-N en aguas de diversos orígenes, tales como aguas naturales (incluidas aguas subterráneas, aguas superficiales y aguas de baño), agua potable y aguas residuales, en un rango de concentración de 0,20 mg/l a 30 mg/l de NO3-N utilizando el método del tubo sellado a pequeña escala. Pueden ser necesarios diferentes rangos de medición del método del tubo sellado a pequeña escala. Los rangos de medición pueden variar en función del tipo de método de tubo sellado a pequeña escala de los diferentes fabricantes. Corresponde al usuario elegir la prueba de tubo sellado a pequeña escala con el rango de aplicación adecuado o adaptar las muestras con concentraciones que superen el rango de medición de una prueba mediante una dilución previa. NOTA 1 Los resultados de una prueba de tubo sellado a pequeña escala son más precisos en el centro del rango de aplicación de la prueba. Los métodos de tubo sellado a pequeña escala de los fabricantes se basan en la reacción cromotrópica del color, dependiendo del procedimiento operativo típico del tubo sellado a pequeña escala utilizado, véase el Capítulo 9. NOTA 2 Las leyes, reglamentos o normas pueden exigir que los datos se expresen como NO3 después de la conversión con el factor de conversión estequiométrico 4,426 81 del Capítulo 11. NOTA 3 En el lenguaje habitual, en el tratamiento de aguas residuales y en las pantallas de los dispositivos automáticos de ensayo en tubo sellado, el NO3 sin indicación de la carga negativa se ha convertido en la notación común para el parámetro nitrato y, en especial, para el parámetro nitrato-N. Esta notación se adopta en este documento aunque la nomenclatura química no es del todo correcta.
Comité: CTN 77/SC 1 (CTN 77/SC 1 Agua)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento especifica un método para la determinación del nitrógeno total ligado (ST-TNb) en aguas de diversos orígenes: aguas subterráneas, aguas superficiales y aguas residuales, en un rango de concentración generalmente comprendido entre 0,5 mg/l y 220 mg/l de ST-TNb, utilizando el método del tubo sellado a pequeña escala. Pueden ser necesarios diferentes rangos de medición de los métodos del tubo sellado a pequeña escala. Los rangos de medición pueden variar en función del tipo de método de tubo sellado a pequeña escala de los diferentes fabricantes. Corresponde al usuario elegir el tubo sellado a pequeña escala con el rango de aplicación adecuado o adaptar las muestras con concentraciones que superen el rango de medición de una prueba mediante una dilución previa. NOTA: Los resultados de un tubo sellado a pequeña escala son más precisos en el centro del rango de aplicación de la prueba. Todos los métodos de tubo sellado a pequeña escala se basan en una oxidación alcalina de persulfato de potasio calentada en un bloque calefactor. Se pueden aplicar diferentes temperaturas de digestión, 100 °C, 120 °C o 170 °C, y diferentes tiempos de digestión. Se aplican reacciones de color con dimetilfenol, dependiendo del procedimiento operativo típico del tubo sellado a pequeña escala utilizado, véase el Capítulo 9.
Comité: CTN 77/SC 1 (CTN 77/SC 1 Agua)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento especifica un método para la determinación del nitrógeno total ligado (ST-TNb) en aguas de diversos orígenes: aguas subterráneas, aguas superficiales y aguas residuales, en un rango de concentración generalmente comprendido entre 0,5 mg/l y 150 mg/l de ST-TNb, utilizando el método del tubo sellado a pequeña escala. Pueden ser necesarios diferentes rangos de medición de los métodos del tubo sellado a pequeña escala. Los rangos de medición pueden variar en función del tipo de método de tubo sellado a pequeña escala de los diferentes fabricantes. Corresponde al usuario elegir la prueba de tubo sellado a pequeña escala con el rango de aplicación adecuado o adaptar las muestras con concentraciones que superen el rango de medición de una prueba mediante una dilución previa. NOTA Los resultados de una prueba con tubos sellados a pequeña escala son más precisos en el centro del rango de aplicación de la prueba. Todos los métodos de tubos sellados a pequeña escala se basan en una oxidación alcalina de persulfato de potasio calentada en un bloque calefactor a 100 °C y se aplican diferentes tiempos de digestión. Se aplica una reacción cromotrópica, dependiendo del procedimiento operativo típico del tubo sellado a pequeña escala utilizado, véase el Capítulo 9.
Comité: CTN 111 (CTN 111 Aparatos y dispositivos médicos y quirúrgicos)
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Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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El proyecto de norma europea no contiene este capítulo.
Comité: CTN 170/GT 2 (CTN 170/GT 2 Accesibilidad en las compras públicas en el entorno construido (M/420))
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento describe los requisitos y recomendaciones funcionales mínimos y básicos para un entorno construido accesible y fácil de usar, según los principios de “Diseño para todos”/” Diseño universal” que facilitarán el uso equitativo y seguro para una amplia variedad de usuarios, incluidas las personas con discapacidad. Los requisitos y recomendaciones ofrecidos en este documento se aplican a todo el espectro del entorno construido. Estos requisitos y recomendaciones de accesibilidad y usabilidad funcional son relevantes para el diseño, la construcción, reforma o adaptación y mantenimiento de los entornos construidos, incluidas las áreas peatonales y urbanas exteriores. NOTA 1 “Diseño para todos” y “Diseño universal” comparten una filosofía similar de diseño inclusivo. “Diseño universal” significa el diseño de productos, entornos, programas y servicios de modo que sean fáciles de usar para todas las personas, en la mayor medida posible, sin la necesidad de adaptación o diseño especializado. El “Diseño universal” no excluye los dispositivos de apoyo para grupos particulares de personas con discapacidad cuando sea necesario. NOTA 2 Términos como “diseño para todos”, “diseño universal”, “diseño accesible”, “diseño sin barreras”, “diseño inclusivo” y “diseño transgeneracional” se utilizan a menudo indistintamente con el mismo significado. NOTA 3 Este documento no cubre cuestiones de gestión y mantenimiento, pero proporciona información básica en el anexo B. NOTA 4 Todas las figuras se presentan como ejemplos. Se describen por su título y leyenda y no proporcionan información adicional. Algunas figuras muestran ejemplos negativos que se deben evitar; estas se identifican mediante la inserción de una cruz roja sobre ellas. En el anexo C informativo se ofrece un listado de todas las figuras incluidas en este documento. NOTA 5 En el caso de reformas o adaptaciones de edificios o infraestructuras existentes, un estudio específico, que incluya la viabilidad, determina en qué medida se pueden cumplir los requisitos y recomendaciones funcionales.
Comité: CTN 147/SC 2 (CTN 147/SC 2 Deportes, campos de juego y otros equipos de recreo)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Esta norma europea cubre los requisitos y los métodos de ensayo para los protectores inflables para motociclistas activados mecánicamente (denominados en el siguiente texto “protectores inflables”). Especifica el nivel mínimo de protección, el tiempo mínimo de actuación del sistema de airbag y la cobertura mínima del cuerpo que debe proteger el protector el protector inflable para motociclistas llevan los conductores. Los requisitos de esta norma son aplicables a diversos diseños de protectores inflables, y conciernen a todas las zonas corporales y a sus combinaciones que se pretenden proteger. Los requisitos de esta norma son aplicables al sistema de airbag, a la prenda específica de alojamiento (o sistema de retención textil) y al sistema de activación mecánica. Esta norma europea contiene los requisitos para evaluar el rendimiento del sistema de airbag, la prenda específica de alojamiento (o sistema de retención textil) y el sistema de activación mecánica durante un accidente, así como detalles sobre los métodos de ensayo, los requisitos de dimensionamiento, la ergonomía, la inocuidad, el etiquetado y el suministro de información. Esta norma no es aplicable a protectores preinflados. Los protectores inflables distintos a los activados mecánicamente no están cubiertos por esta norma.
Sectores: Material remolcado
Comité: CTN 25 (CTN 25 Aplicaciones ferroviarias)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Esta Norma especifica los requisitos para los dispositivos de cierre y bloqueo de los vagones de transporte ferroviario de mercancías pesadas incluyendo durabilidad, su indicación de estado, mantenimiento y reciclado. El Anexo A especifica los criterios de aprobación/rechazo para las pruebas de dimensionamiento. Este documento no aplica a los dispositivos de cierre y bloqueo utilizados para asegurar una diferencia de presión o para retener líquidos o cargas útiles líquidas. Este documento no aplica a los vagones de transporte ferroviario de mercancías pesadas que se vacían por presión, ni a las lonas sueltas.
Comité: CTN 126 (CTN 126 Envases de vidrio)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento especifica las dimensiones del acabado del cuello para tapones y cápsulas de botellas de vidrio que contienen vino con una carbonatación no superior a 1,2 g de CO2/l, con sellado interno. Se proponen dos opciones de altura del acabado, 14 y 16 mm, siendo la más común la de 16 mm. NOTA: Una carbonatación superior a 1,2 g de CO2/l requiere un recipiente y un tapón adecuados, acordados entre el fabricante de vidrio, el fabricante de tapones y el envasador/llenador.
Comité: CTN 19 (CTN 19 Tuberías de fundición, grifería, valvulería y accesorios de materiales metálicos)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-08
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Este documento especifica los requisitos para los ensayos, los procedimientos de ensayo y los criterios de aceptación para los ensayos de producción de válvulas industriales fabricadas con materiales metálicos. NOTA: Los ensayos especificados también pueden utilizarse como ensayos de tipo o de aceptación. Este documento no se aplica a: — válvulas industriales de materiales termoplásticos; — válvulas de seguridad y discos de ruptura (accesorios de seguridad); — mirillas con sus marcos (componentes de equipos a presión). Cuando se especifique como referencia normativa en una válvula o norma de rendimiento, este documento se ha de considerar junto con los requisitos específicos de dicha válvula o norma. Si los requisitos de una válvula o norma de presentaciones difieren de los de este documento, se aplicarán los requisitos de la válvula o norma de prestaciones.
Sectores: Fibras naturales
Comité: CTN 40/SC 6 (CTN 40/SC 6 Ensayos químicos de materiales textiles)
Origen: UNE
Fecha de cierre: 2025-octubre-18
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Esta norma específica un método para la determinación de la solubilidad alcalina de la lana. Esta norma se aplica a la lana en todas sus formas: borra, cinta de peinado, mecha, hilado y tejido.